MADRID, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado Contencioso Administrativo número 33 de Madrid ha avalado el traslado de usuarios del centro ocupacional Magerit que llevó a cabo la Comunidad de Madrid el pasado 2011 al entender que las instalaciones tenían "deficiencias" y que mantenerlo abierto, al tiempo que se reparaban las mismas, "no era una opción viable".
Así consta en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, donde se desestima el recurso presentado por la Asociación de madres y padres de usuarios del centro contra la resolución del Servicio Regional de Bienestar Social por la que se acordaba el cese de actividad de tres centros, entre ellos el Magerit, así como el traslado de usuarios, la adscripción a otro centro y el cambio de uso.
Los recurrentes solicitaban mediante este recurso contencioso administrativo la anulación de esta resolución del Gobierno regional y pedían que se llevara a cabo la rehabilitación del centro "sin el cierre total", de tal manera que pudiera continuar "el funcionamiento habitual del centro".
En este sentido, el juez asegura que queda probado que los edificios donde se ubicaba el centro Magerit, en Carabanchel, sufrían "patologías que hacían necesaria su inmediata reparación" y que siendo necesarias estas reparaciones "para asegurar el buen estado de las edificaciones", correspondía a la Gerencia de Servicios Sociales "adoptar las medidas" que considera "necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios".
De este modo, asegura que "no puede considerarse desproporcionado el desalojo y el traslado de los usuarios a otra edificación que reúna las condiciones necesarias".
POR LA SEGURIDAD DE LOS USUARIOS
Teniendo en cuenta las deficiencias encontradas, el juez "no comparte la opinión de la Asociación de que podía seguirse con la actividad sin cerrar el centro". "El mantenimiento del centro abierto en las condiciones que presentaban las edificaciones no era una opción viable", recalca.
Por ello, considera que la decisión de cerrar, "razonada y sustentada en solventes informes técnicos", adoptada por la Administración regional "fue acorde con las funciones que debe desempeñar los servicios de bienestar social".
No obstante, añade que siendo necesario el cierre del Magerit por motivos de seguridad, "otra cosa es que el cierre repentino haya ocasionado una sensación de maltrato en los usuarios, e incluso a sus familias", entendiendo por ese maltrato, según señaló un psicólogo, como una "ruptura de la expectativa de confianza y cuidado depositada en la gerencia de los servicios sociales".
En juez entiende que la forma en la que la decisión se adoptó, teniendo en cuenta que los usuarios del centro son personas con discapacidad intelectual, es algo que "queda fuera del contenido de la resolución impugnada, del cierre y traslado" que podrán o no ser motivos de otras acciones por parte de la Asociación de padres pero que queda fuera de este recurso.
Asimismo, afirma que "queda dentro de la autoorganización de la Administración decidir cómo distribuye sus recursos para facilitar a los ciudadanos una prestación ágil y eficaz de los servicios sociales".
A esto se une que, según reza la providencia, "los usuarios afectados han tenido un seguimiento de su proceso de adaptación, del que han estado pendientes los equipos de los centros receptores, formados entre otros profesionales por psicólogos", tal y como se recoge en un informe resumen elaborado a partir de un análisis individualizado y mensual de todos los usuarios.
Los afectados por el cierre del Magerit mantuvieron cuatro meses y medio de protestas y movilizaciones con un encierro indefinido en el propio centro. Finalmente llegaron a un acuerdo con la Consejería de Asuntos Sociales para reubicar a los discapacitados y a los trabajadores que quisieran en el centro Juan Ramón Jiménez, en Leganés.