Un juez condena al Ayuntamiento de Parla por cobrar plusvalía a una familia que entregó su casa con 'dación encubierta'

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AYUNTAMIENTO DE PARLA - Archivo
Publicado: miércoles, 20 febrero 2019 14:41

MADRID, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 19 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Parla a devolver 6.704 euros de plusvalía a una familia de la localidad a la que cobró el impuesto tras entregar su vivienda en dación en pago al banco que les concedió la hipoteca, si bien lo tuvo que hacer a través de una sociedad perteneciente a la entidad y por tanto se trataba de una 'dación encubierta'.

La sentencia fechada el pasado 6 de febrero detalla que la dación en pago "no queda desnaturalizada" por el hecho de que se haga "a través de un tercero, distinto del acreedor hipotecario", siempre que sea el banco el que imponga tal condición, ya que de esta forma "solo puede entenderse" que se trata de una dación en pago y por tanto está exenta de tributación por el Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

El fallo del juzgado considera que los actos administrativos ejecutados por el Ayuntamiento de Parla "no son conformes a derecho" y, además de la devolución de la plusvalía, condena al consistorio a pagar los intereses devengados y las costas judiciales de 1.000 euros.

La presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros, Asufin, Patricia Suárez, ha explicado que han prestado asesoría a esta familia que compró su vivienda en 1994 en Parla mediante un crédito con Catalunya Bank pero que en abril de 2016, al no poder seguir pagando la hipoteca, entregó la vivienda por una cuantía de 78.902 euros mediante subrogación hipotecaria con la sociedad Mabeo Investmets, perteneciente a Catalunya Bank.

Según Suárez, con esta modalidad de "dación encubierta" la vivienda pasa a ser de una inmobiliaria del grupo, "ahorrándose impuestos y sacando el inmueble de su balance anual", si bien en la escritura figura como un proceso de compra-venta y por tanto los Ayuntamientos cobran la plusvalía correspondiente sin atender las circunstancias particulares.

A juicio de la presidenta de Asufin, esta sentencia debe sentar un precedente para que "las administraciones tomen nota y no aumenten la angustia de los ciudadanos con decisiones tan arbitrarias", ya que estas decisiones "infligen más dolor a unas familias rotas por la crisis".

Por su parte, en el Ayuntamiento de Parla su concejal de Hacienda, José Manuel Zarzoso, ha explicado que los servicios jurídicos entendieron que debían cobrar la plusvalía ya que en la compraventa aparecía únicamente el nombre de la sociedad inmobiliaria y no de la entidad que concedía el crédito, si bien reconoce que la sentencia "sienta un precedente" y "se tendrá en cuenta de cara a posibles casos de esta índole".