La Justicia desestima dos recursos de los sindicatos contra Educación

Actualizado: lunes, 11 mayo 2009 16:12

Resuelve que han tenido suficiente participación en el del Acuerdo de Calidad Educativa y avala los criterios para evaluar los idiomas

MADRID, 11 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado dos nuevos recursos de las organizaciones sindicales contra la política educativa del Ejecutivo regional y ha dado la razón a la Comunidad de Madrid tanto en el seguimiento del Acuerdo para la Mejorade la Calidad del Sistema Educativo como en los criterios para evaluar las enseñanzas de idiomas de régimen especial, los dos temas objeto de alegaciones. Con estas son ya cinco las demandas de los sindicatos contra la Consejería de Educación que rechaza el Alto Tribunal en losúltimos seis meses, subraya el Gobierno regional.

Los sindicatos de los trabajadores de la enseñanza UGT, CCOO y CSIT-UP habían demandado a la Comunidad de Madrid por la supuesta vulneración de sus derechos sindicales en el seguimiento y el desarrollo del Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo firmado en 2005 por el Gobierno regional y los sindicatos del sector.

En su recurso, interpuesto el pasado mes de diciembre, acusaban a la Comunidad de Madrid de impedir su participación en la negociación y el seguimiento de los compromisos contemplados en el acuerdo sectorial, concretamente en los que afectan al Personal de Administración y Servicios (PAS) de los centros educativos públicos.

El Acuerdo por la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo, cuya vigencia concluyó el pasado mes de diciembre, contemplaba la constitución de varias comisiones para el seguimiento de los compromisos adquiridos, entre ellas una dedicada a la mejora de la calidad y el empleo en el sector de la enseñanza.

El auto del Tribunal, con fecha del pasado 15 de abril, considera que "los sindicatos no han visto mermada su posibilidad de actividad sindical" ya que han participado en la comisión de seguimiento de estos compromisos, y recuerda que dicha comisión, conformada por representantes sindicales y de la administración educativa, se reunió cuatro veces para abordar los acuerdos relacionados con el personal laboral de los centros docentes, según consta en las actas de dicha comisión.

Asimismo, la sentencia señala que, de acuerdo con la Constitución, el derecho a la libertad sindical no incluye su participación "en aquellas negociaciones llevadas a cabo al margen de las previsiones contenidas en el Estatuto de los Trabajadores", como es el caso del Acuerdo por la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo.

Por todo lo anterior, el TSJM concluye que no existen "indicios de conducta obstativa o impeditiva" por parte de la Comunidad contra los sindicatos "máxime cuando consta su expresa participación en las sesiones de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Social para la mejora de la calidad y el empleo en el sector de la enseñanza".

EVALUACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS

El otro recurso rechazado por el Alto Tribunal, interpuesto por CCOO, se refiere a la orden de abril de 2008 con la que la Comunidad de Madrid regula los criterios de evaluación de enseñanzas de idiomas de régimen general. Esta orden, que contempla que los profesores deben realizar una evaluaciones periódicas del progreso de los alumnos a los largo del curso escolar para comprobar los procesos de aprendizaje, fue impugnada porCCOO ya que, según el sindicato, debió negociarse con los representantes de los docentes al afectar sus condiciones de trabajo.

El TSJM ha avalado la orden del Ejecutivo regional y ha recordado que "las funciones evaluativas del profesor constituyen una obligación inherente a su puesto de trabajo". La sentencia sostiene que para que la orden afectara a las condiciones de trabajo "sería preciso que esa labor de evaluar los conocimientos y el trabajo del alumnado constituya una carga de trabajo no asumida hasta el momento o una reforma de lo ya exigido", algo que no se produce, ya que la norma impugnada "se limita a recordarlo que, además de ser una obligación ya impuesta, es una práctica generalen los centros de enseñanza".

Con la desestimación de estos dos recursos son ya cinco las demandas interpuestas por organizaciones sindicales, cuatro de ellas por CCOO, contra las políticas educativas de la Comunidad, que rechaza el Alto Tribunal madrileño en los últimos seis meses. Los otros tres recursos desestimados tienen relación con la prueba de conocimientos y destrezas indispensables de 6º de Primaria, la orden que regula la evaluación de las enseñanzas de Educación Primaria y el complemento salarial de los profesores universitarios madrileños. En todos estos casos, el TSJM ha avalado las actuaciones del Gobierno regional y ha rechazado las alegaciones sindicales.

Recientemente, el TSJM ha estimado también que el aumento de la ratio (número de alumnos por aula) en las Escuelas Infantiles de la región, que equipara la normativa madrileña a la de otras Comunidades Autónomas, no afecta la calidad del servicio que prestan estos centros educativos ni supone una modificación sustancial de las condiciones laborales de los educadores que trabajan en ellos, en respuesta a un recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Getafe contra el Decreto de Requisitos Mínimos de Escuelas Infantiles de la Comunidad de Madrid.