Un juzgado desestima la suspensión cautelar de la gestión indirecta de la recogida de basura que pidió PSOE

Actualizado: miércoles, 26 febrero 2014 11:19

PINTO, 26 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por el exalcalde y portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Pinto, Juan José Martín, en el que se pedía la suspensión cautelar del acuerdo plenario del pasado 18 de septiembre por el que se aprobaron los pliegos de condiciones administrativas y técnicas para la "concesión administrativa" de la recogida de basura, limpieza viaria y mantenimiento de zonas verdes.

Según la sentencia, fechada el pasado día 17 y a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado ha tenido en cuenta, en sus razonamientos jurídicos, el "interés público" que supone la externalización del servicio antes que el "interés particular" del recurrente.

En este sentido, el juzgado ha considerado que "es procedente decantarse por el interés público", ya que si se procediese a la suspensión del acuerdo "sí se puede producir la perturbación grave de intereses públicos, como el normal funcionamiento del servicio de limpieza y la conservación de parques".

Además, el juzgado asegura que la supuesta "ineficacia" del cambio de gestión del servicio "está por ver" y apela a la "enorme cantidad de municipios españoles de muy variado sesgo ideológico que han adoptado casi con carácter general el servicio de gestión indirecta".

Según el auto, contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de quince días ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Se trata del segundo recurso que se desestima en vía contencioso-administrativa por el mismo caso. El pasado 17 de enero, el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 10 de Madrid desestimó también la medida que solicitaba el 'Movimiento de Izquierda Alternativa' (MIA) pidiendo como medida cautelar la "suspensión" de los acuerdos plenarios.

Según el auto, el juzgado "rechazaba" la medida al considerar que "existe un componente ideológico que entra dentro del margen lícito de la actuación política en la Administración".

En este sentido, recordaba que "se podrá disentir" de externalizar la gestión de un servicio, "se podrán tener unas ideas u otras sobre la presencia de lo público en el modelo de prestar los servicios, pero desde luego --precisaba--, tales decisiones tienen un contenido político cuyo análisis debe permanecer extramuros del proceso judicial".