MADRID, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Defensor del Menor, Pedro Núñez Morgades, ha remitido a la presidenta de la Asamblea de Madrid una propuesta de modificación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común para que se clarifique la responsabilidad de los menores en infracciones administrativas, y también la de sus padres por las faltas que sus hijos puedan cometer. Núñez Morgades ha pedido que la propuesta sea trasladada a los grupos parlamentarios para su análisis y tramitación.
La Ley de Procedimiento Administrativo reconoce, en general, la responsabilidad de aquellas personas que tengan el deber de prevenir la infracción cometida por otras, pero a juicio del Defensor del Menor es necesario clarificar este precepto y explicitar la obligación de padres y tutores de velar diligentemente por que sus hijos o pupilos no cometan una infracción administrativa y, caso de que esto ocurra, responder de la misma.
La institución que preside Núñez Morgades entiende que los padres deben asumir que de ellos depende en gran medida el comportamiento de sus hijos y la transmisión de valores y principios que conformen su persona. Por tanto, deben conocer los actos de aquéllos, tratar de prevenir conductas infractoras y, caso de que éstas se produzcan, compartir con ellos la sanción que pudiera corresponderles.
El Código Civil, en su artículo 1903 determina que los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda, pero no se hace alusión alguna a las sanciones que se les puedan imponer por sus conductas (pagarían un cristal roto, por ejemplo, pero no compartirían la sanción impuesta por llevar una navaja).
TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD
Además, el Defensor del Menor propone también la posibilidad de que los autoridades administrativas puedan imponer como sanción a los menores trabajos en beneficio de la comunidad, ya que éstos son más pedagógicos y resocializadores que la sanción económica que puede, incluso, no ejecutarse por insolvencia, lo que genera cierta sensación de impunidad.
Según Núñez Morgades, no estamos siendo capaces de sancionar proporcional y educativamente a los menores infractores en sus primeras faltas lo que, no sólo genera sensación de impunidad, sino que puede ser el inicio de una escalada delictiva más acentuada.
En lo relativo al establecimiento de sanciones adecuadas para los menores, se añadiría que la sanción aplicable será la asistencia a programas educativos que fomenten el sentido de la responsabilidad y el respeto por los derechos y libertades de los otros, por un plazo de hasta seis meses si la infracción fuese muy grave y de hasta tres si fuese grave.
Este tipo de sanciones no podrán imponerse sin consentimiento del infractor. Si éste no presta su consentimiento, las medidas previstas serán sustituidas por la multa correspondiente, de la que responderán solidariamente los padres o tutores. Los trabajos que se impondrían a los menores han de tener un interés social o realizarse en beneficio de personas en situación de precariedad, no podrán atentar a la dignidad del menor y no estarán supeditadas a la consecución de intereses económicos.