MADRID 30 Abr. (EUROPA PRESS) -
La acusación popular que conforma el PSOE y Más Madrid se han sumado al recurso interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción contra la sentencia del caso mascarillas para que se condene a Luis Medina y a Alberto Luceño por un delito continuado de falsedad en documento mercantil.
En el recurso, al que tuvo acceso Europa Press, se adhieren al citado recurso al entender que se debe condenar a los acusados por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, así como a Alberto Javier Luceño Cerón, por un delito continuado de falsedad en documento oficial.
Solicitan igualmente, como ya pidió el fiscal, que se acuerde el decomiso de las ganancias derivadas del delito y el decomiso por equivalente que ajustadamente a Derecho solicita el Ministerio Fiscal pese a no ser una petición expresamente solicitada por esta acusación.
También reclaman la desestimación del recurso de apelación interpuesto por Luceño por la que se pide la absolución del delito fiscal y del de falsificación en documento oficial impuesta.
A juicio de ambas formaciones, sí concurren los elementos del tipo penal del delito de falsificación en documento oficial, no existe error en la valoración de la prueba en relación con estos delitos y no existe nulidad alguna derivada de quebrantamiento de forma y garantías procesales.
El pasado 19 de marzo, la Audiencia Provincial de Madrid notificó la sentencia por la que absolvía a Medina y Luceño de un delito de estafa al Ayuntamiento de Madrid. El tribunal condenó a tres años de cárcel a Luceño por un delito de fraude fiscal y otro de falsificación de documento público.
El fiscal solicita en su recurso que se les condene como autores (el primero como autor material y el segundo, como cooperador necesario) de un delito continuado de falsedad en documento mercantil a la pena de dos años de prisión y diez meses de multa, con una cuota de 500 euros diarios.
DOCUMENTOS FALSOS
Destacaba el fiscal que el destinatario final de los documentos falsos elaborados por Luceño, con la cooperación necesaria de Medina, fue "el SEPBLAC, unidad de inteligencia financiera en España y, en consecuencia, la máxima autoridad en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo".
Esgrimía además que "al menos uno de esos documentos fue presentado por Luceño a la Agencia Tributaria durante la tramitación del expediente que ha dado origen a su condena por un delito contra la Hacienda Pública".
"Los documentos trascendieron el ámbito meramente negocial entre las partes y tuvieron trascendencia frente a terceros, llegando a influir en la seguridad del tráfico mercantil, pues pusieron en acción los mecanismos de prevención de blanqueo de capitales de dos entidades financieras distintas y motivaron la elaboración de un informe de inteligencia financiera que fue remitido a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, siendo este informe precisamente el origen del presente procedimiento penal", señalaba.
Asimismo, reclamaba que a Luceño no se le condene por un delito de falsedad en documento oficial sino que se agrave a un delito continuado de falsedad en documento oficial al haber fabricado un carnet del CNI, entre otros documentos.
De igual modo, reclamaba que se acuerde el decomiso de los bienes propiedad de Luceño, así como de cualesquiera otros bienes en poder del acusado, hasta alcanzar el límite de 1.351.386,29 euros, dinero que habrá de ser destinado con carácter prioritario al pago de la responsabilidad civil.