MADRID 21 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas a nueve años de prisión impuestas a tres integrantes de la banda juvenil Trinitarios por la agresión y el robo sufridos por un menor de 14 años en marzo de 2023 en el barrio del Pilar, situado en el distrito madrileño de Fuencarral-El Pardo.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se desestiman los recursos de casación presentados por los condenados contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid y posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La Sala de lo Penal rechaza los recursos interpuestos por lo tres procesados, que fueron condenados por delitos de lesiones, robo con violencia e intimidación con uso de instrumento peligroso y pertenencia a organización criminal, al considerar correctamente acreditada tanto su participación en la agresión como su integración en la estructura de los Trinitarios.
Los hechos se remontan a la noche del 31 de marzo de 2023, cuando el menor acudió junto a un amigo a la calle Puerto de Maspalomas después de que le dijeran que varios jóvenes querían hablar con él para aclarar si había "chivado" información sobre un incidente previo.
Una vez allí, dos menores le pidieron que mostrara las conversaciones de Instagram de su teléfono móvil para comprobarlo. Acto seguido, otro joven le hizo caer al suelo mediante una zancadilla y al menos una decena de personas, entre ellas los tres condenados, comenzaron a golpearle con puñetazos y patadas en la cabeza y el resto del cuerpo.
Durante la agresión, uno de los acusados se apoderó de las zapatillas deportivas Jordan que llevaba la víctima, valoradas en 54 euros, junto con unas plantillas ortopédicas personalizadas valoradas en 280 euros.
Cuando el menor consiguió levantarse, otro integrante del grupo, menor de edad, le amenazó con una navaja mariposa de grandes dimensiones para obligarle a entregar su iPhone 12 Pro, tasado en 551 euros. Ninguno de los efectos robados fue recuperado.
Como consecuencia de la paliza, el adolescente sufrió una fractura de los huesos propios de la nariz, diversas contusiones y erosiones por todo el cuerpo, lesiones que requirieron tratamiento médico y un periodo de curación de 14 días.
La sentencia considera probado que R. D. S. S. y G. A. M. V. eran miembros de los Trinitarios con la categoría de "soldados", mientras que F. Y. P. colaboraba activamente con la organización.
El fallo describe a los Trinitarios como una organización criminal de estructura jerárquica y piramidal, asentada en distintos distritos de Madrid y varias localidades de la región, dedicada a la comisión de delitos violentos para controlar territorios y mantener su actividad.
Asimismo, la resolución recoge numerosas identificaciones policiales y antecedentes de los condenados relacionados con la actividad de la banda, así como anteriores sentencias que han reconocido judicialmente el carácter de organización criminal de los Trinitarios.
Tras analizar los motivos de casación, el Supremo concluye que no se ha producido vulneración alguna de derechos fundamentales ni errores en la valoración de la prueba, por lo que confirma íntegramente las condenas impuestas en las instancias anteriores.