MADRID, 13 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo confirma que la Comunidad de Madrid debe pagar más de 2 millones euros a Concesiones Madrid S.A.U, tras la concesión de obra pública de la M-45, que reclamaba el pago de una serie de facturas por a modo de reequilibrio económico.
El Supremo comparte el criterio del TSJM que ya confirmó en 2015 la sentencia de origen condenaba a la Comunidad de Madrid al pago de facturas complementarias por importes de 68.664,45 euros y 1.708.810,96 euros, más lo intereses de demora de la totalidad de las facturas reclamadas por parte de Concesiones Madrid, S.A.U, tras la realización de la obra pública del tramo N-II a O'Donell en la carretera M-45. Deberá abonar además las costas por un valor máximo de 6.000 euros.
La Comunidad de Madrid interpuso un recurso de casación contra dicha sentencia condenatoria por el contrato de concesión de la "redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de la obra pública de la nueva carretera M-45, tramo N-II a eje O'Donell".
En este sentido, la empresa concesionaria reclamaba esa cuantía como consecuencia de lo recogido en el pliego de condiciones. Éste establecía un sistema acumulativo de pago, por el que la Comunidad abonaría cantidades a la empresa según el número de vehículos que transitaran por la carretera y los kilómetros realizados por éstos.
Sin embargo, la Comunidad aducía que el licitador no especificaba los importes máximos anuales a percibir como subvención autonómica, y que no concretaba que, de no alcanzarse el máximo, el sobrante se sumase a los valores del año siguiente, como defendía la empresa. Es en este punto donde discrepan ambas partes y lo que reclama la concesionaria.
Ahora el Supremo establece que esta compensación por reequilibrio económico a la contratista era uno de los compromisos contractuales libremente asumido por las partes.
Asevera el Supremo que la sentencia está fundamentada aunque no se comparta por la Comunidad la previsión de reequilibrio económico, contractualmente establecida, como consecuencia del sobreprecio de la expropiación de los terrenos necesarios para la concesión.
"En consecuencia de lo antes transcrito de la sentencia recurrida se desprende claramente que la sentencia opta por la tesis de que el restablecimiento del equilibrio económico financiero como consecuencia del sobrecoste de las expropiaciones forzosas, no se sino una aplicación estricta de las cláusulas del contrato", recoge el fallo.