El TS confirma la condena a un hombre por asesinar al hermano de su novia en 2012

Europa Press Madrid
Actualizado: miércoles, 14 octubre 2015 15:50


MADRID, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que condenó a 17 años, 6 meses y 1 día de prisión a Miguel F.D por el asesinato del hermano de su novia de un disparo en la cabeza, suceso ocurrido el 2 de agosto de 2012 en Torrejón de Ardoz.

Según los hechos probados, los acusados Miguel F.D y Francisco José R.M se dirigieron al domicilio de su víctima en la calle Arroyo número 4 piso 2 y se ocultaron con pasamontañas sabiendo que en el portal había cámaras.

Después de que la novia de Miguel F.D les abriera la puerta de la vivienda, el asesino entró en el salón y, aprovechando que la víctima, Daniel M. G, estaba dormida en el sofá, sacó la pistola y le disparó a escasa distancia en la cabeza, falleciendo horas después en el hospital.

Miguel S.D, el principal acusado en la causa y autor material del crimen, fue declarado culpable por unanimidad por un jurado popular en octubre de 2014. El mismo jurado emitió un veredicto de no culpabilidad de ocho votos contra uno para Francisco José R. M, quien obtuvo la libertad de modo automático al estar en prisión provisional por esta causa.

La sentencia de la Audiencia Provincial señaló que "no ha quedado acreditado que el otro acusado supiera que la intención de Miguel cuando fue al inmueble referido, era matar a David y que conociendo tan intención, le prestara su ayuda".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rebajó la pena de 19 años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de asesinato, con la agravante de disfraz, y mantuvo la absolución del otro acusado, que acompañaba al condenado cuando ocurrieron los hechos, al no quedar acreditado que conociera su intención de matar al hermano de su novia.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que tanto la sentencia recurrida del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid del jurado, han tenido en cuenta prueba de cargo suficiente para inferir la autoría del recurrente en la muerte de David M. G.



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