Anulado el acuerdo que fijó servicios mínimos del 100% en el SUMMA 112 durante la pasada huelga del 8M

Imagen de efectivos del SUMMA 112 que han acudido al domicilio de Pinto en el que ha muerto un hombre y su perro por intoxicación por humo.
Imagen de efectivos del SUMMA 112 que han acudido al domicilio de Pinto en el que ha muerto un hombre y su perro por intoxicación por humo. - EMERGENCIA 112 COMUNIDAD DE MADRID - Archivo
Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 6 febrero 2020 18:19

MADRID, 6 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado los servicios mínimos del cien por cien decretados por la Comunidad en el SUMMA 112 durante la jornada de huelga feminista del pasado 8 de marzo de 2019, al entender que no se ajustaba a derecho.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal madrileño estima el recurso interpuesto por el sindicato CGT y establece la nulidad del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid sobre los mínimos en este servicio, decretados el 6 de marzo.

El fallo judicial expone que dicho acuerdo impugnado se limitó a justificar de modo "genérico" el carácter "esencial" de los servicios prestados en el en el ámbito de la Sanidad y en el SUMMA 112, sin establecer baremos que permitiera apreciar la proporcionalidad de los mismo ante esta convocatoria de paro.

La sección octava de la Sala Contencioso Administrativo del TSJM asegura que la administración regional, en este caso, "no motivó de modo suficiente" el establecimiento de tales porcentajes de servicios mínimos (el cien por cien, lo que equivale a la prestación completa del servicio) "como si no se tratase de una jornada de huelga".

"La conclusión que la sala alcanza de lo hasta aquí expuesto es que el presente recurso ha de ser estimado en cuanto a los argumentos y pretensiones examinados, por no haber justificado suficientemente la administración demandada la imposición de unos porcentajes tales de prestación de servicios mínimos en la jornada de huelga convocada para el 8 de marzo de 2018 por el sindicato recurrente", agrega para incidir en que no apreció parámetros que pudieran haber sido considerados por la Comunidad para poder determinar que el "canon de proporcionalidad en la fijación de los servicios mínimos se respetó".

Tras conocer esta resolución que acoge con "satisfacción", CGT ha manifestado que dada la "reiteración" de sentencias anulando servicios mínimos decretados "abusivamente" estudiará si tramita una querella por presunto delito de prevaricación.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado