El TSJM declara nulo el acuerdo plenario que aprobó los presupuestos de Boadilla del ejercicio 2014

Ayuntamiento de Boadilla
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA
Actualizado: miércoles, 19 julio 2017 17:44

MADRID, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado la nulidad del acuerdo plenario que aprobó los presupuestos del Ayuntamiento de Boadilla del Monte correspondiente al ejercicio de 2014, al detectar que se validaron las cuentas públicas con defectos de información del informe económico-financiero.

Así lo detalla en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, tras el recurso interpuesto por varios concejales del grupo Alternativa por Boadilla, que pedía la nulidad de ese acuerdo plenario al entender que no su diseño no cumplía las exigencias que marcaba el Ministerio de Economía y Hacienda.

En concreto, entre los motivos alegados en el recurso se exponía que el informe económico-financiero no cumplía con los requisitos legales al limitarse a aportar "frases vagas y genéricas, sin concretar datos y antecedentes y elementos de juicio que pudieran fundamentar las previsiones del presupuestos".

Además, los recurrentes sostenían que no se aportaban los documentos que fundamentarían tales previsiones, por lo que no se cumplían las exigencias legales de información y transparencia. El Consistorio se oponía a este motivo recalcando que se cumplían los requisitos legales.

En este sentido, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM analiza las características del informe económico-financiero en base a los criterios marcados por el Tribunal de Cuentas.

Así, expone que aunque el citado informe incluyera explicaciones y fundamentaciones de las previsiones de algunos ingresos, debería haber incorporado estudios y cálculos que permitiesen apreciar en mayor medida las cuantías consignadas en el presupuesto de ingresos.

Al respecto, apunta que el Tribunal de Cuentas establece que si bien la elaboración y aprobación del presupuesto "se han cumplido las condiciones de nivelación presupuestaria efectiva", el informe económico-financiero "no presenta las bases suficientes ni los cálculos fehacientes que acreditan la racionalizad de las previsiones de ingresos.

Al respecto, se aludía a los documentos remitidos por los distintos departamentos para elaborar esos cálculos, pero el TSJM expone que "no consta en el expediente esos informes de los distintos departamentos, ni tampoco se recoge el tenor literal de esos informes en el informe económico-financiero".

"Como dice el informe del Tribunal de Cuentas, debería haberse incorporado esos estudios y cálculos que permitiesen aprecia en mayor medida que las cuantías consignadas en el presupuesto de ingresos responden a los criterios expuestos de forma que pudiera observarse la utilización de criterios de racionalidad en todos los casos", expone la sentencia.

Por tanto, el TSJM considera que esa "insuficiente información constituye causa de nulidad del presupuesto", pues el informe económico-financiero es un "elemento esencial" del presupuestos, no solo en el aspecto formal sino sobre todo por su "contenido".

"No presenta las bases suficientes ni los cálculos fehacientes que acreditaran la racionalidad de las previsiones de ingresos, lo que constituye un defecto esencial en la formación del presupuesto que debe aparejar la nulidad del acuerdo probatorio del mismo", concluye el fallo del alto tribunal madrileño.