MADRID, 13 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado repetir un juicio con jurado popular en el que se absolvió a cuatro personas acusados de matar y descuartizar, en abril de 2004, a un hombre con el que compartían piso en Alcalá de Henares. La Sala entiende que los jueces legos no pudieron valorar todas las pruebas porque no tuvieron acceso a las declaraciones que los acusados realizaron en Comisaría y en Instrucción.
Así lo acuerda la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM en una sentencia que estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia de la Audiencia madrileña que absolvía a los inculpados. El fallo del TSJM anula la resolución jurídica de la Audiencia y ordena repetir el juicio con distinto tribunal popular.
Durante el mes de noviembre de 2005, la sección sexta de la Audiencia de Madrid acogió el juicio a Roman S.S., Robert R., Jacek P.H. y Artur J.B. Según el fiscal, el 10 de abril de 2004 Roman y Robert, aprovechando que su compañero de piso Mykola S. había ingerido gran cantidad de bebidas alcohólicas, le golpearon brutalmente, le ataron una cuerda al cuello y le elevaron la cabeza en el aire hasta que murió.
Después, trasladaron el cadáver hasta un cuarto de herramientas donde permaneció hasta el 19 de abril, día en que Roman y Robert, con la ayuda de Jacek y Artur, descuartizaron el cuerpo, separando del tronco la cabeza, los brazos y las piernas por debajo de las rodillas.
Días después, los procesados "metieron el tronco y la parte superior de las piernas dentro de una bolsa de deportes y la arrojaron a un contenedor de basuras". Posteriormente, tiraron a un cubo de basura la cabeza, los brazos y la parte inferior de la piernas de Mykola, lugar en el que fueron hallados.
ABSUELTOS POR FALTA DE PRUEBAS
A lo largo del juicio, los cuatro imputados se negaron a contestar a las preguntas planteadas por las partes, motivo por el que el representante del Ministerio Público solicitó aportar a la causa las declaraciones que los procesados realizaron tanto en Comisaría como en el Juzgado de Instrucción de Alcalá de Henares.
Esta petición fue denegada por el magistrado presidente de la Sección Sexta, por lo que los jueces legos que enjuiciaban a los inculpados no pudieron saber lo que éstos habían declarado en Instrucción sobre los hechos. Finalmente, el jurado emitió un veredicto de no culpabilidad, y Roman, Robert, Artur y Jacek quedaron absueltos de los delitos de asesinato y encubrimiento que se les imputaban.
Tras conocer la sentencia, el fiscal interpuso un recurso de apelación por quebrantamiento de norma al entender que el hecho de que no se aportaran las declaraciones previas de los encausados "excluyó la posibilidad" de que éstas fueran valoradas por los miembros del jurado.
El TSJM ha admitido el recurso del fiscal porque considera que el criterio del Ministerio Público "es el razonable" y apunta que al no admitir las declaraciones que los imputados realizaron antes del juicio se han quebrantado las normas y las garantías procesales "causando indefensión", razón por la que ordena la repetición del juicio para que un nuevo jurado pueda valorar todas las pruebas.
No obstante, la decisión alcanzada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJM puede ser recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.