Inspectores municipales visitarán 91 servicios de reparaciones a domicilio

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:53
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Los inspectores abrirán expedientes sancionadores a aquellos establecimientos que no cumplan con la normativa vigente

   MADRID, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

   Los servicios de Consumo del Ayuntamiento de Madrid han puesto en marcha una campaña de inspección y control de establecimientos de servicios de asistencia técnica (SAT) con el fin de comprobar el grado de cumplimiento por parte del sector de la normativa que regula esta actividad comercial, ha informado el Consistorio matritense en una nota de prensa.

   Durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, 21 inspectores de Consumo visitarán 91 SAT ubicados en la ciudad de Madrid. Las inspecciones se realizan tanto en los establecimientos oficiales de marca como en talleres independientes, controlando los servicios que se realizan a domicilio y los requisitos que deben cumplir a este respecto.

   Los principales aspectos que controlan los inspectores municipales son si el establecimiento se anuncia como SAT oficial de marca, que disponga de la autorización del fabricante o de su representante legal que así lo acredite; que la empresa elabore un presupuesto previo por escrito en el que se incluyen todos los datos preceptivos con una vigencia mínima de 30 días, y la conservación del mismo durante un periodo mínimo de seis meses, y que se informa de la obligación de pagar por la elaboración del presupuesto cuando éste no fuera aceptado.

   También controlarán la entrega al cliente de un resguardo de depósito, acorde a la normativa, en caso de tener que dejar el aparato en el taller para la realización de presupuesto o para su reparación y que el empresario dispone de la documentación acreditativa del origen de las piezas de repuesto, vigilando especialmente si coincide el precio que figura en las mismas con el precio presupuestado o facturado al consumidor.

   En los servicios a domicilio, si el prestador lleva la hoja informativa de precios aplicables por tiempos de trabajo, gastos de transporte y desplazamiento, los precios por servicios ofertados, así como los recargos a aplicar por trabajos efectuados con carácter de urgencia o fuera de la jornada laboral.

   Si las facturas se emiten correctamente y coincide el precio y conceptos facturados con lo presupuestado, detallando las operaciones realizadas.

   El Ayuntamiento también velará por que se garantice la reparación por un periodo de validez mínimo de tres meses, y que se ofrezcan los servicios de asistencia técnica conforme exige la normativa legal; al tiempo que mirará si están a disposición del público las preceptivas hojas de reclamaciones y se anuncian correctamente.

   Por último, los inspectores vigilarán que la publicidad que emiten los establecimientos no es engañosa, ni induce a error al consumidor o incluye cláusulas abusivas.

   Una vez finalizada la campaña, los casos donde se hayan detectado infracciones a la normativa vigente y se hayan levantado las correspondientes actas de inspección, darán lugar a la incoación de expedientes sancionadores a los responsables, para la imposición de las sanciones administrativas procedentes.

RECOMENDACIONES

   En caso de avería un electrodoméstico y haya que repararlo en un SAT, hay que tener presente la siguiente información: el consumidor podrá acudir a un servicio oficial de marca o a un SAT independiente. Es conveniente consultar previamente la información sobre los precios de los servicios.

   Todo usuario tiene derecho a un presupuesto previo escrito de las reparaciones o servicios que solicite, que tendrá una validez mínima de treinta días desde la fecha de comunicación del mismo, y en el que figurará con claridad el precio de la reparación.

   Dicho presupuesto deberá estar a disposición del usuario en un plazo que no será superior a cinco días hábiles. El taller sólo podrá cobrar la elaboración del presupuesto cuando, habiéndolo solicitado el cliente, no fuera aceptado. Si el usuario no quiere presupuesto deberá renunciar al mismo de forma expresa.

   Cuando su aparato electrodoméstico quede depositado en un SAT, tanto para la elaboración de un presupuesto como para llevar a cabo una reparación, no se olvide de recoger el resguardo de depósito. Firmado por el SAT y el usuario, hará las veces de resguardo de depósito, que es necesario tanto para la recogida del presupuesto previo como para la recogida del aparato.

   Los SAT están obligados a entregar factura en la que se detallarán las operaciones realizadas, las piezas de repuesto utilizadas y el tiempo de mano de obra empleado, con expresión de sus respectivos importes. Igualmente reflejará la cuantía de otros conceptos cobrados como desplazamientos, transporte, etc.

   La cuantía y conceptos de la factura deberán coincidir con el presupuesto. En las reparaciones efectuadas en el domicilio del usuario, los gastos de desplazamiento no podrán ser exigidos más que por una sola vez, incluso cuando el servicio requiera varios desplazamientos. No se podrá cobrar desplazamiento si el usuario está ausente.

   Todas las reparaciones o instalaciones realizadas por un SAT tendrán una garantía mínima de tres meses, que abarcará todos los gastos que se puedan ocasionar, como los de transporte y el desplazamiento de operarios, las piezas de repuesto y el material de cualquier clase que hubiera de utilizarse.

   Las piezas de repuesto habrán de ser nuevas, teniendo derecho el usuario a la entrega de las piezas sustituidas, salvo en el caso de que la reparación esté amparada por la garantía del aparato.

   Cuando crea que no se le atendió correctamente, el consumidor tiene derecho a presentar reclamación ante las autoridades competentes en materia de consumo, mediante las hojas de reclamaciones que habrá de entregarle el propio SAT, o por el medio que considere más adecuado.