CCOO solicita a Hacienda la "inminente devolución" de la parte proporcional devengada de la paga extra de 2012

Pedro Manuel Vicente
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 22:40

MURCIA, 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Área Pública de CCOO ha solicitado al consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal, la "inminente devolución de la parte devengada de la extra de diciembre de 2012, sin menoscabo de la reclamación del derecho del cobro íntegro de la citada paga extraordinaria", según informaron fuentes del sindicato en un comunicado.

CCOO recuerda que desde la aprobación del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que suspendió en su totalidad el abono de la paga extra correspondiente a diciembre de 2012, "hubo dudas fundadas de que tal decisión se atuviera a derecho dado el carácter constitucional de la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales".

Por tal motivo, y considerando que los derechos adquiridos, en este caso el derecho a la paga extra no abonada "no podían ser expropiados sin contrariar determinados preceptos de la Carta Magna, tanto individual como colectivamente" se interpusieron recursos ante las salas correspondientes, de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo, demandando el abono de la paga extra del mes de diciembre de 2012.

Tales actuaciones, recuerda CCOO, "se desarrollaron a lo largo y ancho de la geografía española, produciéndose en los últimos meses pronunciamientos sucesivos de los tribunales que, en unos casos admiten el derecho de los empleados públicos a cobrar la parte proporcional devengada de la paga extra de diciembre de 2012, y en otros la del pago en su totalidad".

CCOO recuerda al consejero que ya en junio de 2013, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en respuesta a un conflicto colectivo presentado por el Comité de Empresa del Personal Laboral de Administración y Servicios de la CARM (Sentencia nº 0589/2013) falla que "el personal citado anteriormente afectado por este conflicto, tiene derecho a percibir la parte proporcional de paga extraordinaria de diciembre del año 2012 ya devengada a la entrada en vigor, el 16-julio-2012, del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio".

A esta sentencia se pueden añadir "otras tantas sentencias que reconocen siempre el pago, al menos, de la parte proporcional de la paga extra devengada".

El Área Pública de CCOO considera que "existe suficiente jurisprudencia para proceder al abono sin demoras innecesarias, que sólo harían aumentar los costos para las arcas públicas regionales, de la parte proporcional devengada de la paga extra del mes de diciembre de 2012, es decir, la correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de junio de 2012 y la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio".

Esto sin que CCOO renuncie a la devolución de la paga extra "en su totalidad", ya que considera que "legalmente le corresponde a todos y cada uno de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en particular y a todos y cada uno de los empleados públicos de las administraciones públicas en general".