MURCIA 21 May. (EUROPA PRESS) -
La Junta Electoral Central decidió este miércoles desestimar el recurso interpuesto por la Plataforma Pro-Soterramiento de las Vías de Murcia contra el adelanto de la fecha de celebración del Consejo General de ADIF al entender que influía en el proceso electoral.
En cambio, la Junta Electoral Central estima que resulta ajeno a las competencias de la Administración Electoral juzgar la idoneidad de las reuniones del Consejo de Administración de una entidad pública empresarial como ADIF, según el acuerdo al que ha tenido acceso Europa Press.
Cabe recordar que la denuncia fue formulada por el miembro de la Plataforma Pro-Soterramiento de, Joaquín Contreras, quien alegó que el Consejo General de ADIF "se celebra siempre a final de mes y que, en este caso, correspondería en fecha posterior a las elecciones municipales", pero que dicho Consejo "decidió mantener una convocatoria extraordinaria el 14 de este mes, pero tras conocerse los resultados de la encuesta electoral del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), adelantó la convocatoria al 12 de mayo".
La Junta Provincial de Murcia ya desestimó la petición de la Plataforma Pro-Soterramiento y, ahora, la Junta Electoral Central ratifica esa decisión.
En concreto, la Junta Electoral Central ratifica que la función de las Juntas Electorales, en lo que aquí respecta, "debe reducirse a enjuiciar si la actuación de los poderes públicos, incluidas las entidades públicas empresariales, resulta o no contraria a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG, que prohíbe en período electoral tanto la realización de campañas de logros cuanto la celebración de inauguraciones de obras y servicios públicos".
En consecuencia, cree que la Junta Electoral Provincial de Murcia actuó "correctamente" al archivar la denuncia planteada, en la que se limitaba a solicitar que la reunión del Consejo de ADIF "se celebrase con posterioridad al proceso electoral".