La ordenanza que permitirá actuar contra los 'gorrillas' entrará en vigor a final de enero

El concejal de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, Eduardo Martínez-Oliva, en la rueda de prensa posterior a la junta de Gobierno
El concejal de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, Eduardo Martínez-Oliva, en la rueda de prensa posterior a la junta de Gobierno - EUROPA PRESS
Publicado: viernes, 15 noviembre 2019 14:23

El texto de la nueva ordenanza, aprobada en Junta de Gobierno, se llevará a Pleno este mes; después se abrirá periodo exposición pública

MURCIA, 15 Nov. (EUROPA PRESS) -

La ordenanza que permitirá actuar específicamente contra los aparcacoches irregulares, los 'gorrillas', entrará en vigor a final de enero de 2020. Esas son las previsiones del Ayuntamiento de Murcia, que ha dado luz verde este viernes, en Junta de Gobierno, a esta nueva ordenanza, "que dotará de mayor seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a los agentes de la Policía Local y dará respuesta a muchas de las reclamaciones vecinales".

Así lo ha adelantado el concejal de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica, Eduardo Martínez-Oliva, quien ha recordado, por ejemplo, la agresión de un 'gorrilla' este verano a una mujer embarazada que se negó a darle dinero o las peleas generadas entre ellos en distintos barrios de la ciudad, y "es que ha llegado un punto en el que se hacen con cuatro o cinco calles de cada barrio e incluso de calles ya reguladas por la ORA" y la cosa es especialmente "complicada" en el parking disuasorio del Malecón o el del Víctor Villegas.

"El objetivo es afrontar una realidad y la inacción no es la solución", ha subrayado el edil, quien ha señalado que desconoce si esta nueva normativa "será la panacea o la solución definitiva, pero se podrá actuar con mayor éxito" ante un fenómeno por el que el Ayuntamiento ha realizado 3.042 expedientes sancionadores a aparcacoches en 2018 y 2.265 en lo que va de año. "Lo único que nos permitía la Ley, sanciones con carácter pecuniario" por lo que, ha querido resaltar, "no hay inacción por parte de la Policía ante este fenómeno".

En rueda de prensa, el concejal de Seguridad Ciudadana ha detallado que la nueva normativa, además de dar cumplimiento al principio de seguridad jurídica, cumple el principio de proporcionalidad y contempla como infracción leve una sanción de 750 euros, de 751 a 1.500 euros la sanción grave y de 1.501 a 3.000 euros la infracción muy grave, "además de la posibilidad de incautación por la Policía de los frutos obtenidos por esta actividad irregular", que se llevará, fundamentalmente, con policía de paisano.

La nueva ordenanza se llevará a Pleno, según los plazos previstos, en el Pleno de este mes de noviembre. Posteriormente, se abrirá un plazo de 30 días para su exposición pública en diciembre y la presentación de alegaciones, para su entrada en funcionamiento a final de enero.

DOBLE BASE JURÍDICA

Esta normativa busca dar respuesta a los vecinos que piden normas que eviten conductas que generan inseguridad como los aparcacoches, determinadas ventas de productos u ofrecimiento de servicios como la limpieza de parabrisas, impidiendo o limitando a los ciudadanos la libre utilización de espacios públicos destinados al aparcamiento o libre tránsito de las personas.

En la elaboración de esta norma se han seguido los trámites de consulta pública previa, audiencia e información pública "para asegurar la transparencia y participación de la ciudadanía en general y de los colectivos especialmente afectados en particular", siendo su texto el resultado de una intensa participación ciudadana

La ordenanza tiene una doble base jurídica: Los artículos 139 a 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que establece la posibilidad de que los Ayuntamientos, en defecto de normativa sectorial específica, puedan establecer los tipos de infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones.

Además de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que habilita a los Ayuntamientos para que las ordenanzas municipales puedan introducir especificaciones o graduaciones en el cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en la propia Ley.

RÉGIMEN SANCIONADOR

Se considerará infracción leve, ofrecer sin autorización cualquier bien o servicio, tales como venta de productos, limpieza de parabrisas o similares, en vías o espacios públicos a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos; e infracciones graves, la reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción leve cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

Asimismo, se considerará infracción grave, realizar limpieza de los parabrisas de los vehículos detenidos en los semáforos; y realizar conductas que representen actitudes coactivas o de acoso u obstaculicen e impidan de manera intencionada el libre tránsito de los ciudadanos por los espacios públicos.

Así como la comisión de la conducta prevista como leve en esta Ordenanza cuando para su realización se utilicen menores o personas con discapacidad.

Se considerará infracciones muy graves, la reincidencia por la comisión, en el término de un año, de más de una infracción grave cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

Además se regulan distintas intervenciones específicas como que el Ayuntamiento adoptará todas las medidas a su alcance para erradicar la realización de las conductas tipificadas en esta Ordenanza en cualquiera de sus formas en el municipio prestando la ayuda que sea necesaria para la inclusión social.

Por ello, los agentes de la autoridad, o en su caso los servicios sociales, informarán, a todas las personas que ejerzan las conductas tipificadas en esta ordenanza, de las dependencias municipales y de los centros de atención institucional o de carácter privado a los que pueden acudir para recibir el apoyo que sea necesario para abandonar estas prácticas.

En todo caso, los agentes de la autoridad intervendrán y aprehenderán cautelarmente los instrumentos utilizados para la comisión de la infracción, así como el dinero, los frutos o los productos obtenidos que se mantendrán bajo la custodia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad mientras se tramita el procedimiento sancionador o hasta que se resuelva la devolución o se decrete el comiso.

300 NUEVOS CHALECOS ANTIBALAS PAR ALA POLICÍA

La Junta de Gobierno ha dado, asimismo, el visto bueno al pliego de condiciones para el suministro de 300 chalecos antibalas y 300 fundas exteriores para la Policía Local. El precio máximo se establece en 160.809 euros mientras que el suministro se tendrá que realizar en un plazo de 3 meses.

A comienzos de este año ya se adquirieron otros 300 chalecos por lo que, con el pliego aprobado hoy, todos los agentes de la Policía Local contarán con esta protección.

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