MADRID, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará de nuevo el próximo miércoles si abre expediente disciplinario al juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo por la excarcelación de Saed El Harrak, uno de los 29 procesados en el sumario que investiga los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid.
Un nuevo informe del Servicio de Inspección del CGPJ mantiene la propuesta de apertura de expediente disciplinario al magistrado por falta muy grave, en relación con el posible error que cometió Del Olmo al señalar la vistilla para prorrogar prisión preventiva de El Harrak el pasado 16 de mayo, cuando éste había sido detenido el día 6 de dicho mes en 2004. La citación, por lo tanto, excedió en diez días el plazo tope para poder prorrogar la medida cautelar, por lo que hubo que ponerle en libertad.
La Comisión Disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces ordenó el pasado 7 de junio incoar diligencias informativas "a fin de valorar la trascendencia del estado de salud y de la situación personal" del juez. En la reunión también se acordó recabar cuantos informes "resulten necesarios para el adecuado esclarecimiento" de la puesta en libertad de El Harrak.
El informe del jefe del Servicio de Inspección del CGPJ, José María Gil Sáez, concluye que "existen suficientes y contrastados" elementos para iniciar la incoación de expediente disciplinario al magistrado por "la posible comisión de una falta disciplinaria muy grave por desatención".
FALTA LEVE.
No obstante, el informe formula una propuesta subsidiaria en el supuesto en que la Comisión Disciplinaria descarte la existencia de la falta muy grave, sancionada con suspensión temporal de un mes a tres años, traslado forzoso o separación del servicio. De ser así, la Comisión incoaría un expediente por falta leve, previsto en el artículo 419.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Fuentes del Consejo indicaron que previsiblemente la Comisión opte por expedientar a Del Olmo con una falta leve, cuyo expediente sería delegado a la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, que sería la encargada de nombrar un instructor y determinar la cuantía de la sanción a pagar por el magistrado.
En la reunión del pasado junio los vocales Enrique Míguez, María Angeles García, Agustín Azparren y Monserrat Comas, que la presidió, no consideraron que la conducta de Del Olmo fuese constitutiva de una falta muy grave de desatención. El vocal Carlos Ríos fue el único que votó entonces a favor de abrir expediente por falta muy grave de desatención en la tramitación de los procedimientos judiciales al juez Del Olmo.
FALTA DE SISTEMAS CLAROS DE CONTROL
El informe de la Inspección, que fue elevado el pasado jueves a la Comisión Disciplinaria, concluye que "en un primer momento y a lo largo de la tramitación de la causa el juez no había establecido sistemas de control claros y adecuados para efectuar en cualquier momento el cómputo del tiempo de prisión preventiva de los imputados".
Según el informe, "el error que desembocó en la excarcelación de El Harrak fue debido a una falta de control del plazo de la prisión provisional del mismo". "Del Olmo pode de manifiesto una defectuosa praxis judicial de su actuación jurisdiccional", añade.
Igualmente, considera que la actuación de Del Olmo, quien relató en un informe que el error se cometió "bien por una incorrecta apreciación de fechas o por un error de trascripción mecanográfica", constituye "uno de los elementos esenciales" para realizar la calificación de la mencionada infracción disciplinaria.