MADRID, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -
CORREOS ha puesto ya en marcha su dispositivo de colaboración con las elecciones al Parlamento Europeo que se celebrarán el próximo día 7 de junio. Su servicio está dirigido tanto a la distribución de la propaganda electoral como a los trámites "para facilitar y garantizar" el voto por correo.
Después de que el pasado sábado se publicase en el BOE la orden que dicta las normas de colaboración de CORREOS con los comicios europeos, el servicio estatal ha puesto ya en marcha todas las medidas necesarias para que las elecciones se celebren con normalidad. En primer lugar, los ciudadanos pueden encontrar en las oficinas de CORREOS de todo el país los impresos necesarios para solicitar el certificado de inscripción en el Censo Electoral, requisito imprescindible para poder emitir el voto por correo.
El voto por correo puede solicitarse hasta el día 28 de mayo en cualquier oficina de CORREOS de España. Para ello, tendrán que acudir los ciudadanos personalmente con un documento nacional que acredite su identidad, como el DNI, el Pasaporte o el permiso de conducir originales. También podrán votar por correo los ciudadanos de la Unión Europea que hayan optado previamente por ejercer el derecho al voto en España. Para hacerlo tendrán que seguir los mismos trámites y plazos que los ciudadanos españoles.
Estas peticiones serán trasladadas con carácter certificado y urgente a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, donde una vez realizadas las verificaciones oportunas, se expedirá el certificado de inscripción y, junto con la documentación electoral (sobres y papeletas), lo enviará por correo certificado y urgente al domicilio que haya indicado el solicitante en su petición.
Para enviar el voto, el elector deberá presentar el sobre modelo oficial conteniendo el certificado de inscripción en el Censo Electoral y el de votación en el que se incluyen las papeletas en cualquier oficina de CORREOS de España hasta el día 3 de junio de 2009, inclusive. El envío será cursado como correo certificado y urgente con carácter gratuito.
CORREOS cursará a las oficinas postales de las localidades de destino los sobres recibidos, donde se custodiarán hasta el día de la votación. Ese domingo 7 de junio, a las 9.00 horas, los empleados de CORREOS entregarán en las Mesas Electorales respectivas los sobres recibidos. Esta entrega se alargará durante todo el día con los sobres recibidos hasta las 20.00 horas.
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
Por su parte, los ciudadanos inscritos en el Censo de Residentes Ausentes recibirán de oficio el certificado de inscripción en el censo y el resto de la documentación electoral. Para votar, podrán entregar personalmente su sobre de votación en la Oficina Consular en la que esté inscrito hasta el día 31 de mayo o hacerlo por correo.
Si opta por esta última opción, tendrá que introducir el sobre de votación, junto con el certificado de inscripción en el censo y demás documentación que deba acompañar, en el sobre que va dirigido a la Junta Electoral Provincial y remitirlo por correo certificado y urgente hasta el día 6 de junio de 2009.
CORREOS entregará en las Juntas Electorales Provinciales que corresponda, diariamente y hasta el día 9 de junio, los sobres de votación que se reciban por vía postal de los residentes ausentes en el extranjero. La última entrega se realizará a primera hora del día 10 de junio, fecha del escrutinio general.
ELECTORES TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO
CORREOS también colabora en el voto por correo de los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero y están inscritos en el correspondiente Registro de Matrícula Consular. Si desean ejercer su derecho a voto por correo, deberán formular la solicitud personalmente, hasta el día 9 de mayo de 2009, en la Oficina Consular, quien la remitirá a la correspondiente Delegación Provincial del Censo Electoral.
Cada Delegación enviará por correo a los interesados la documentación electoral al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud. Los electores podrán enviar su voto por correo, como envío certificado y urgente, dirigido a la Mesa Electoral que corresponda, no más tarde del 3 de junio de 2009.
Estos votos serán custodiados por CORREOS hasta su entrega en las respectivas Mesas Electorales, que se realizará a las 9.00 horas del día de la votación. Asimismo, seguirá entregando en las Mesas Electorales los que se vayan recibiendo en el transcurso de la jornada electoral.
Los envíos con votos de los electores que residan, de forma permanente o temporal, en países con los que CORREOS tiene suscrito convenio de colaboración serán tramitados de forma gratuita y sin necesidad de franqueo. Estos países son Argentina, Bélgica, Brasil, Colombia, Cuba, Chile, Francia, Méjico, Perú, República Dominicana, Suiza, Uruguay y Venezuela. Los electores en el resto de países podrán solicitar el reintegro de los gastos de franqueo.
Por su parte, CORREOS dará prioridad a los envíos de propaganda electoral, poniendo en marcha los mecanismos necesarios para su distribución en plazo, teniendo en cuenta que el reparto de propaganda sólo podrá realizarse durante las fechas de la campaña electoral, entre el 22 de mayo y el 5 de junio.