Absuelto un hombre acusado de violar a una menor que se quedó embarazada

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 17 octubre 2006 16:29

JAÉN 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

La presidenta de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto al vecino de la localidad jiennense de Jamilena acusado de violar a una menor que se quedó embarazada al estimar el principio constitucional de 'in dubio pro reo' --en caso de duda se favorece al imputado--.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, establece que en la madrugada del 5 de diciembre de 2004, Jesús M.L., de 24 años de edad, y una menor de 16 años, iniciaron una conversación en la parte trasera de una discoteca de Torredonjimeno, tras lo que ambos mantuvieron una relación sexual completa con eyaculación por vía vaginal.

Al respecto, expone que no está probado que Jesús M.L. ejerciera algún tipo de fuerza o intimidación sobre la menor ni tampoco consideró acreditado que se tratara de una relación no consentida.

La magistrada fundamenta que en este caso la declaración de la menor es la única prueba directa de los hechos incriminatorios, mientras que el procesado "ha negado desde el principio el acto sexual no consentido" así como que también ha rechazado "sistemáticamente haberla obligado a mantener una relación sexual no forzada", si bien admite que sí practicaron el acto sexual. "Dos versiones totalmente incompatibles, merecedora de reproche penal la versión de la denunciante y completamente atípica criminalmente la del acusado", argumenta la juez.

A partir de ahí, expone que no hay prueba alguna que acredite que la relación fue en contra de la voluntad de la menor mientras que las circunstancias en las que se produjo el acto sexual son "confusas". Asimismo, sostiene que aunque la denunciante era menor de edad, era una joven "con experiencia sexual" y que físicamente presenta "mayor corpulencia" que Jesús M.L. de manera que aunque no se exige a la víctima "una resistencia heroica, sí es necesario que haga explícita su oposición".

En el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado miércoles, el acusado argumentó que ambos se encontraron en una discoteca de Torredonjimeno y que se dirigieron a la Vía Verde, donde tuvieron relaciones sexuales completas siempre con su consentimiento.

No obstante, la menor relató que esa madrugada se encontraba en una discoteca con sus amigos bailando y bebiendo alcohol hasta que salió a orinar al exterior de la discoteca porque los servicios de local estaban llenos. Así, se encontró con el acusado, al que declaró conocer de vista. La joven expuso que ambos entablaron una conversación y que cuando ella le dijo que se iba, él la cogió del brazo y la tiró al suelo, tras lo que le quitó los pantalones y la ropa interior y la penetró, mientras que ella le pedía a gritos que se detuviera.

La menor indicó que, a pesar de la resistencia que puso, el acusado consumó la violación, tras lo que se marchó dejándola en el suelo sola. Durante el mes y medio siguiente, la niña no contó a sus padres lo que le había pasado porque su madre estaba enferma y no quería preocuparla más. Esta situación cambió cuando por esas fechas se hizo una prueba y descubrió que estaba embarazada, por lo que decidió contárselo a su familia.

El ministerio fiscal consideró que estos hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual por el que solicitó la pena de ocho años de prisión además de una indemnización de 6.000 euros. La acusación particular, ejercida por la familia de la niña, solicitó la misma pena para el acusado, aunque elevó la indemnización hasta los 15.000 euros.

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