MADRID 7 Mar. (EUROPA PRESS) -
E l presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco José Hernando, anunció hoy que no comparecerá ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados a informar de la aplicación de la ley en el cumplimiento de penas por terrorismo, al considerar que es su "deber institucional la preservación de la independencia judicial y la división de poderes". Así, señaló que se ha visto en la "grave obligación" de comunicar a esta Comisión su "imposibilidad legal de asistir al acto fijado".
Hernando contestó así al requerimiento efectuado a primera hora de la tarde de hoy por la Comisión de Justicia, en el que le aclaraba que no se le iba a preguntar por resoluciones judiciales sino por funcionamiento de las instituciones y del Poder Judicial en la aplicación de la ley en el cumplimiento de penas por terrorismo.
El portavoz del Consejo, Enrique López, que hizo de portavoz de su presidente, leyó el comunicado que ha sido remitido al Congreso en el que explica que el deber constitucional del presidente del Supremo es defender "la independencia judicial, plasmada en la Norma Suprema".
Por otro lado, el vocal Juan Carlos Campo, leyó otro comunicado firmado por los miembros de los vocales propuestos por PSOE e IU en el que muestra el "más absoluto rechazo" a la decisión del presidente del CGPJ, al entender que es un "flagrante incumplimiento del deber constitucional que impone a cualesquiera autoridad" la obligación de comparecer en el Congreso. "Es un día triste para la democracia", afirmó Campo a los periodistas.
"NO HAY DEBER DE COMPARECENCIA"
En cambio, Hernando entiende que el artículo 109 de la Constitución "no establece un deber de comparecencia parlamentaria de las autoridades que en él se citan", mientras que el 110 señala que ese deber es en exclusiva para los miembros del Gobierno, "como consecuencia lógica del control parlamentario inherente al principio constitucional del Gobierno responsable".
Asimismo, considera que "no existe cauce alguno en el ordenamiento jurídico español para exigir la comparecencia" de un presidente del Tribunal Supremo y del Consejo ante el Congreso de los Diputados, "fuera de la periódica presentación de la Memoria Anual". En cuanto al Reglamento del Congreso, la nota enviada por Hernando indica que la ampliación de los deberes de comparecencia que este texto contiene "debe ser interpretado con subordinación al principio de la división de poderes y a la independencia judicial".
En opinión de Francisco José Hernando, la aclaración efectuada por la Comisión de Justicia del motivo por el que ha sido citado "en modo alguno altera las consideraciones formuladas en su anterior escrito, ya que el objeto de la comparecencia permanece inalterado". En este sentido, afirma que "resulta imposible" informar sobre el motivo de la incomparecencia.
Por su parte, Enrique López defendió la decisión adoptada por Hernando porque actúa "en defensa de la independencia del Poder Judicial, así como lo haría un alcalde en defensa de la autonomía local o un presidente de una Comunidad Autónoma en defensa de su autonomía". Según dijo, el presidente del CGPJ "no es una autoridad más del Estado, es el presidente de un poder del Estado", motivo por el que le es "imposible" asistir hoy al Congreso. "Él como ciudadano no tendría ningún inconveniente en comparecer", añadió.
Desde la minoría del CGPJ, el vocal Juan Carlos Campo calificó el día de hoy de "lamentable", ya que el presidente del órgano de gobierno de los jueces "incumple el llamamiento de la soberanía popular, impidiendo que sus señorías puedan formular aquellas preguntas que puedan formar la opinión de los parlamentarios a la hora de efectuar sus cometidos profesionales". "Creo que es un día triste para la democracia en este país", indicó.
Campo leyó un extracto de un informe de octubre pasado aprobado por el grupo mayoritario del Consejo y relativo al deber de comparecer de los vocales del CGPJ en el Congreso, que señala que "el presidente se halla obligado a comparecer a petición de las cámaras". En opinión de los vocales de la minoría, la obligación de comparecer de todas las autoridades públicas "no tiene excepción" en la Constitución, ni en la legislación vigente ni en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.