AMPL.- El juez condena a una clínica de Palma y a un cirujano al pago de 48.000 euros por mala praxis profesional

Actualizado: jueves, 16 abril 2009 20:03

La sentencia considera que el cirujano ha infligido un "daño desproporcionado" a la paciente

PALMA DE MALLORCA, 16 Abr. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de primera instancia número seis de Palma ha condenado al Instituto Quirúrgico y al cirujano Antonio C.E., que ejerce en dicha clínica, con sede en Palma, al pago de 48.020 euros a una paciente que se sometió a numerosas operaciones estéticas y después reparadoras, a fin de subsanar el daño causado, por "mala praxis médica", que provocó en la afectada graves daños físicos y psíquicos.

Así lo recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, emitida el pasado 6 de abril de 2009, en la que el juez detalla que el médico, que ejerce la cirugía plástica y reparadora en esta conocida clínica palmesana, no sólo no prestó la debida asistencia médica sanitaria a la paciente, sino que durante las sucesivas intervenciones cometió graves errores que han derivado en secuelas irreversibles.

Los hechos se remontan al año 2003, cuando la afectada, Pirjo H.K., y defendida por el Bufete Coca, acudió al centro médico para que el médico-cirujano le realizase un cambio en los implantes mamarios que el mismo doctor le había implantado en los años 1983 y 1989. La operación le provocó dolorosos hematomas y tuvo que ser intervenida en su centro de salud, en Valldemossa. A partir de ahí, Pirjo H.K., de nacionalidad finlandesa, inició un "periplo de asistencias en el Instituto Quirúrgico producto de las deformidades y los dolores".

La afectada, como resultado de esta negligencia médica, sufre "secuelas físicas" que no dejan margen para ser reparadas quirúrgicamente, consistentes en una "fibrosis cicatricial" y tiene además "la estructura de los pechos dañada". Asimismo, su salud psíquica ha quedado mermada a causa de una depresión.

La sentencia obliga al centro clínico al pago de 8.500 euros por las secuelas físicas ocasionadas en la mujer, a la que no será posible reconstruirle los pechos dada la fibrosis que padece, así como al pago de 7.520 euros en compensación por las cantidades que ella abonó al Instituto Quirúrgico, "al no haberse obtenido el resultado querido"; y por último, al pago de 26.000 euros por los daños psíquicos, morales y psicológicos.

"INFORMACIÓN NI VERAZ NI LEAL"

Asimismo, la sentencia subraya que la información que el centro dio a la paciente sobre los riesgos de la operación "no fue veraz ni leal" y remarca la deficiente documentación reunida en el historial clínico de la mujer.

Además, el juez valora que durante los procesos operatorios "no hubo exploración clínica, ni complementaria, ni estudios previos de las prótesis", por lo que "se incumplió el deber de informar a la paciente de las posibles consecuencias de gravedad y riesgos de la reconstrucción mamaria".

Por último, la sentencia reza que el doctor no dio la "atención adecuada", ni "supervisó correctamente" a la paciente, y añade que el centro, tras detectar el problema, no ofreció otra solución que una "huída hacia adelante". Por todo ello, la justicia considera un "fracaso" el tratamiento ofrecido a la víctima, quien "no será capaz jamás de olvidar la angustia y vergüenza sufridas" por las deformidades de las mamas.