(Ampliación) Fijan para el 20 de noviembre el juicio por la muerte de Rocío Wanninkhof

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 4 octubre 2006 16:32

MÁLAGA 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

El inicio del juicio contra el británico Tony Alexander King por la muerte de la joven de Mijas (Málaga) Rocío Wanninkhof, que se celebrará con jurado popular, se ha fijado para el lunes día 20 del próximo mes de noviembre, según confirmaron fuentes judiciales.

Según el auto de hechos justiciables dictado por el presidente del Tribunal del Jurado, al que tuvo acceso Europa Press, las sesiones se prolongarán hasta el 1 de diciembre, aunque se podrá ampliar a los días sucesivos que requiera el enjuiciamiento. Además, se fija para el próximo viernes una primera designación de candidatos a jurados, para lo que se citará a las partes.

En la resolución, el magistrado hace un relato de los hechos a los que tendrá que ajustarse el debate en el juicio contra King, único acusado, y señala los delitos de los que le acusa la Fiscalía, como son el de asesinato y agresión sexual en grado de tentativa, por los que pide un total de 26 años y nueve meses; y la acusación particular, que representa a la familia de la joven, como es el delito de asesinato, por el que pide 20 años.

Asimismo, se especifica que para el ministerio fiscal, el acusado "aprovechó el estado de aturdimiento de la joven ante un primer golpe y su posterior indefensión ante la mayor envergadura del agresor para acabar con su vida" y precisa que tanto para la acusación pública como para la particular el ataque fue "súbito e impidió toda defensa por parte de la joven".

Por ello, ambas partes estiman que hubo alevosía y, en el caso de la Fiscalía, además la agravante de aprovechar las características del lugar. Por contra, la defensa del acusado, niega los hechos, niega toda participación y toda clase de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, según el auto de hechos justiciables, notificado hoy a las partes personadas.

Este es el segundo juicio que se celebrará por la muerte de la joven, después de que fuera juzgada y condenada, también por un jurado popular, Dolores Vázquez, quien finalmente quedó fuera del procedimiento tras la detención de King. Los hechos sucedieron el 9 de octubre de 1999, aunque el cuerpo de Rocío no se encontró hasta el 2 de noviembre en la zona de Altos del Rodeo, donde, según la calificación provisional del fiscal, a la que tuvo acceso Europa Press, King trasladó el cadáver al conocer que los grupos de búsqueda estaban en el lugar donde dejó el cadáver en un primer momento.

Sobre las 22.00 horas, al circular por la carretera que une la Cala de Mijas con las urbanizaciones Los Claveles y La Cortijera, el acusado, según el relato del fiscal, vio a Rocío, que entonces tenía 19 años de edad, caminando. Decidió "que era un lugar idóneo para satisfacer sus deseos sexuales, haciéndola objeto de tocamientos", por lo que paró el vehículo y se acercó a la joven llevando un arma blanca de nueve milímetros de anchura y dos milímetros de grosor, que le puso en el cuello "con la finalidad de amedrentarla".

La joven se resistió, por lo que King, según continúa el escrito, "le propinó un fuerte golpe en la cara, para aturdirla, y le hizo un corte con el arma en el cuello", para seguidamente darle un navajazo en el abdomen. Cuando Rocío corrió para huir, la alcanzó y, tras agarrarla e inmovilizarla, "sin posibilidad alguna de defensa" por la situación de debilidad a causa de las heridas, le asestó "con gran violencia, al menos ocho puñaladas en la espalda, cinco de ellas muy agrupadas" que afectaron a órganos vitales y provocaron la muerte de la joven.

Aunque en un primer momento King se dio a la fuga, volvió al lugar de los hechos para deshacerse tanto del arma, que tiró a la playa, como del cadáver, que metió en el coche de su vecina y llevó hasta un descampado en la zona de Elviria. Cuando se dio cuenta de que buscaban a la joven, decidió trasladar el cuerpo, ya en su coche, a la urbanización Los Altos del Rodeo, envuelto en bolsas de basura unidas y rociar con gasolina y prender fuego antes de irse, aunque las llamas no alcanzaron el cadáver, debido a la lluvia que aquella noche caía.

Por su parte, la acusación particular, dirigida por el letrado Marcos García Montes, considera que el británico actuó "en cumplimiento de un plan urdido con terceras personas que aceptaron y participaron de forma perfecta y/o imperfecta en la ejecución del repugnante hecho". Se explica en su escrito que King estaba "solo o en compañía de al menos dos personas" cuando sucedieron todos los hechos.

Así, relata cómo la abordó y cómo tras golpearla, ella estaba asustada por la reacción del hombre, "pero con la seguridad de que estaba ante alguna persona de confianza", según el relato. Añade que se limpió la sangre que manaba de la boca "con un clinex que alguien conocido le ofertó" y cómo, luego, el acusado también "sólo o en compañía de al menos dos personas", le propinó una puñalada con un cuchillo, primero, y hasta ocho puñaladas en la espalda, después.

TRAMITACION

El auto de hechos justiciables se produce una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimara la pasada semana íntegramente por "inutilidad o impertinencia" los recursos de apelación interpuestos por las partes contra el auto del magistrado-presidente, en los que pedían nuevas pruebas como ampliar la investigación sobre los objetos de una bolsa hallada en la puerta de la casa de la madre de Rocío Wanninkhof y la declaración de varias personas, entre ellas, Dolores Vázquez, exculpada del caso tras haber sido inicialmente condenada.

En el auto del Alto Tribunal andaluz, se desestima por las razones referidas los recursos presentados tanto por la defensa del acusado, Tony Alexander King, como por la acusación particular, ya que "las razones aducidas por los recurrentes no resultan convincentes sobre la utilidad de la prueba que ha sido denegada".

En el caso del presentado por la familia, considera que "elucubrar" sobre determinadas situaciones que "podrían darse" en el caso de que surgieran nuevos hechos que pudieran basarse en una nueva imputación"; mientras que sobre el de la defensa del británico, se dice que insiste retóricamente en la "necesidad de un pleno conocimiento de la verdad material" sin reparar, lamenta el TSJA, en que en cualquier procedimiento penal, pero más aún los enjuiciados por jurados, "es imprescindible para que se esclarezca que el debate se centre correctamente y que la prueba a practicar se seleccione cuidadosamente en función de su utilidad directa".

En cuanto a la bolsa que apareció en agosto de 2005 en el domicilio de la madre de la víctima, el auto destaca que la Sala "no tiene duda alguna" de que el hallazgo "no podía incluirse en ningún caso como hecho a enjuiciar" porque no se trata de un hecho "constitutivo de delito", sino un "subterfugio" para pretender la admisión de nuevos medios de prueba.

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