(Ampl.)Penas de entre 25 y 43 años de cárcel para los nueve adultos acusados de la muerte de Isanta en Berga (Barcelona)

Actualizado: viernes, 23 noviembre 2007 18:51

BARCELONA, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha impuesto penas de entre 25 años y nueve meses y 43 años de cárcel a los nueve adultos acusados de la agresión multitudinaria de las fiestas de la Patum de Berga de 2005, que se saldó con la muerte a puñaladas del joven de 22 años Josep Maria Isanta y con doce heridos, dos por arma blanca. Pese a las elevadas condenas, los procesados sólo cumplirán 25 años, el límite máximo legal.

En su sentencia, hecha pública hoy, la Sección Séptima de la Audiencia considera a Juan P.P., Santiago S.P., Raúl B.B., Antonio S.F., Ridouan H., Azzedine M., Pablo Enrique M.V., Augusto Felipe M.Q. y Eudy Leandro M.A. coautores o cooperadores necesarios del apuñalamiento mortal de Josep Maria Isanta, que considera un delito de asesinato con alevosía, como reclamaba la familia de la víctima.

La condena más elevada por las consecuencias de la agresión multitudinaria, ocurrida la madrugada del 28 de mayo de 2005, es para Raúl B.B. --miembro del conflictivo clan familiar de 'Los Catoños' de Berga--, Ridouan H., Azzedine M., Eudy Leandro M.A., Augusto Felipe M.Q. y Antonio S.F., a quienes la Sala ha impuesto un total de 43 años de cárcel y 1.284 euros de multa.

La Sección Séptima, presidida por la magistrada Ana Ingelmo, les considera responsables de un delito de asesinato, tres de homicidio en grado de tentativa, otro de desórdenes públicos, cuatro faltas de lesiones y dos faltas de maltrato de obra, una de ellas cometida contra el hermano pequeño de Isanta, Jordi.

En cuanto a Juan P.P., el tribunal le condena a 38 años de cárcel al considerar que no participó en el intento de homicidio de una de las víctimas, ya que no fue identificado por ningún testigo de dicha agresión, ni siquiera como miembro del grupo que atacó al joven, lo cual "debe operar en su beneficio".

Respecto a Santiago S.P. la Sala le impone 25 años y nueve meses de cárcel y 660 euros de multa por los citados delitos, mientras que a Pablo Enrique M.V. le condena también por un delito de amenazas y le impone 26 años de prisión y el pago de 840 euros de multa. El tribunal les aplica la eximente incompleta de alteración psíquica, ya que sufren un trastorno de la personalidad antisocial y consumieron alcohol, lo que les limitó de forma "grave" sus facultades.

La Sección Séptima, por otra parte, aplica a todos los delitos --excepto al de asesinato-- la agravante de abuso de superioridad, ya que los agresores actuaron de forma "conjunta", aprovechando su superioridad numérica y material. Según la sentencia, el grupo estaba formado por unas 20 ó 25 personas y, algunas, exhibieron y utilizaron las navajas y los instrumentos "peligrosos y punzantes" que llevaban.

Además de las penas de prisión y las multas, el tribunal prohíbe a Santiago S.P. y a Pablo Enrique M.V. acudir "a los lugares, eventos o espectáculos de la misma naturaleza" que la Patum durante dos años y medio y, al resto de acusados, durante cuatro años.

De los condenados, Juan P.P., Santiago S.P., Raúl B.B. y Antonio S.F. nacieron en la provincia de Barcelona; Ridouan H. y Azzedine M. son marroquíes; Pablo Enrique M.V. y Augusto Felipe M.Q., ecuatorianos; y a Eudy Leandro M.A., dominicano.

NO FUE UNA PELEA.

La Sala argumenta en su sentencia que lo ocurrido no fue "una pelea multitudinaria, ni confusa ni tumultuaria, como pretendieron las defensas, ni tampoco acciones paritarias e individualizadas, uno contra uno, como argumentaron algunos de los acusados". Ello, se desprende de las declaraciones "firmes, serias, precisas, seguras y concisas de las víctimas y testigos presenciales".

El grupo agresor actuaba en todos los casos siguiendo el mismo 'modus operandi'. Golpeaban a sus víctimas para que cayeran al suelo y formaban dos círculos a su alrededor, pegándoles "simultánea e indiscriminadamente" los del círculo interno y evitando el grupo que les rodeaba que alguien pudiese auxiliar a los agredidos. Los atacantes impedían así que las víctimas pudieran defenderse y, si alguna persona conseguía rescatarlas, centraban en ella su furia.

Según declara probado la Sección Séptima, la noche del 27 al 28 de mayo de 2005 un grupo formado por los nueve adultos y por menores se dirigió a la avenida Canal Industrial, donde se estaba celebrando el concierto alternativo de la Patum, con "una clara finalidad de romper la tranquilidad, paz y cierto sosiego de las personas presentes en la zona", a quienes de dirigían en actitud "chulesca y provocadora".

Sobre las 23.30 horas, el grupo agresor se dirigió a un primer joven y, "sin motivo alguno", empezó a golpearle, llegando a utilizar para ello cinturones. La víctima, sin embargo, consiguió huir gracias a un amigo, a quien los agresores consiguieron dar alcance más tarde y golpearon tras tirarle al suelo.

Tras esta primera agresión, el grupo se hizo más numeroso --pasó a estar formado por 20 ó 25 personas-- y empezó a increpar y empujar a distintas personas. Acto seguido, empezaron a "rodear, acorralar y agredir sin motivo alguno a cuantos alcanzaban o intentaban auxiliar a los que golpeaban", moviéndose por la zona "de forma unida y coordinada sobre las diferentes personas a las que atacaban".

En ese momento, un joven se dirigió al grupo para disuadirles, a lo que Pablo Enrique M.V. respondió esgrimiendo una navaja a la altura de su pecho para intimidarle y evitar que interviniera, consiguiendo con sus amenazas que el joven se marchase del lugar.

A continuación, el grupo agresor centró su furia en cuatro jóvenes de Sabadell (Barcelona) que habían ido a Berga a disfrutar del concierto. Los acusados les golpearon, llegando a utilizar una valla para conseguir su propósito, y apuñalaron a uno de ellos por la espalda. El joven, finalmente, consiguió escapar gracias a la ayuda de dos amigos.

"GRAN CONFUSIÓN Y TEMOR".

Con sus agresiones, el grupo empezó a crear "una gran confusión y temor" entre los asistentes al concierto, que empezaron a huir "asustados" del lugar al ver que los atacantes portaban navajas. Ante la situación, el hermano menor de Isanta, Jordi, pidió a Santiago S.P. que pararan, momento en que recibió un golpe por detrás.

Los agresores, entre ellos algunos adultos condenados, le rodearon y empezaron a agredirle, por lo que su hermano entró dentro del círculo para rescatarle. Jordi, finalmente, pudo escapar al ser auxiliado por dos amigos, aunque Josep Maria no pudo salir de la barrera que formaba el grupo y recibió una "avalancha" de patadas y puñetazos, además de varias puñaladas, una de ellas mortal. El joven consiguió huir, aunque cayó inconsciente a pocos metros.

Tras herir de muerte a Isanta, los agresores golpearon "indiscriminadamente" e intentaron acabar con la vida de otras dos personas. Una de ellas, que intentó auxiliar al fallecido, recibió cuatro puñaladas, tres de ellas asestadas Pablo Enrique M.V. Los heridos, un total de doce, fueron atacados hasta que aparecieron los Mossos d'Esquadra, que habían recibido hasta tres llamadas de aviso.

La Sección Séptima entiende que los acusados se movieron en base a un acuerdo previo y "tácito" de actuación conjunta, "teniendo conocimiento y aceptando la acción que desarrollaban como grupo, con independencia de la que cada uno de ellos materializaba, y con "un propósito común" que les hace asumir como propias las agresiones y la muerte de Isanta.

Por el crimen de la Patum de Berga fueron condenados en julio de 2006 seis menores de los ocho que fueron acusados, quienes cumplen penas de entre tres y siete años de internamiento en régimen cerrado. Uno de los acusados fue absuelto, mientras que el octavo sólo fue condenado por desórdenes públicos.