Fachada de la Audiencia Nacional, a 14 de junio de 2022, en Madrid (España).
Fachada de la Audiencia Nacional, a 14 de junio de 2022, en Madrid (España). - Carlos Luján - Europa Press
Publicado: jueves, 16 junio 2022 13:05

El juez asegura que se ha "desvanecido" el delito de estafa y descarta los de blanqueo y organización criminal

MADRID, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado archivar la causa relativa a la presunta estafa perpetrada a través de la empresa Hispakom por parte de una serie de personas que se dedicaban a ofertar material sanitario para prevenir ictus a ancianos haciéndose pasar por, supuestamente, empleados del servicio sanitario de la Junta de Andalucía.

En un auto del pasado 7 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 explica que una vez "desvanecido el delito de estafa, no existe delito precedente base del blanqueo de capitales, ni tampoco organización criminal, que exige que su objeto sea la realización de delitos".

A juicio del magistrado "toda la instrucción habida hasta la fecha en el juzgado territorial" de Jaén "obedece a una confusión entre dolo civil y dolo penal". En este caso, apunta, concurren ambas, en tanto que se han llevado a "cabo maquinaciones insidiosas encaminadas a la contratación, con intercambio de cosa y precio ciertas, existentes y lícitas".

Sin embargo, añade el juez Pedraz, en este caso "no concurre la utilización de un contrato como maquinación, superchería o ficción encaminado a obtener un desplazamiento patrimonial sin intención alguna de cumplir lo pactado, que es el ámbito propio del dolo penal y de la estafa".

BUSCANDO EL "CONSENTIMIENTO PRECIPITADO DE ANCIANOS"

Haciéndose eco del dictamen de la Fiscalía, el magistrado explica que la investigación practicada hasta la fecha ha revelado que entre 2017 y 2018, principalmente en Jaén, una serie de trabajadores de la sociedad Hispakom se dedicaron a conseguir ventas reales, de productos ciertos y existentes utilizados en el sector sanitario, normalmente aparatos de presoterapia sin que constase sobreprecio.

Para ello utilizaron técnicas de venta "encaminadas a conseguir el consentimiento precipitado e irreflexivo de ancianos que no estaban en las mejores condiciones psicofísicas para tomar decisiones a la hora de perfeccionar la venta de dichos productos y asumir las condiciones financieras aparejadas con la entidad COFIDIS.". Además, añade, el contacto con ellos se hacía a través de teleoperadoras.

Finalmente, según los datos del Ministerio Público, la cuantía total de perjudicados es de 67 personas con un importe que no llega a los 500.000 euros en total, sin poder determinar más habida cuenta la imposibilidad de continuar la instrucción por su caducidad.

Se trata de unas cifras que difieren respecto a las manejadas por la Guardia Civil en un estadio más temprano de las diligencias. En concreto, los investigadores señalaban a un total de 1.500 perjudicados por las maniobras fraudulentas de los investigados y un perjuicio económico cifrado en 2.500.000 euros.

La decisión del magistrado, que ha acordado el sobreseimiento total y el archivo de la causa para todos los investigados, llega dos meses después de que el Tribunal Supremo le atribuyese la competencia de investigar unos hechos que hasta ese momento habían sido asumidos por el Juzgado de Instrucción Número 1 de Úbeda (Jaén).