Anticorrupción acusa a los procesados por 'Kitchen' con la malversación previa a la última reforma penal

Archivo - El exministro del Interior Jorge Fernández Díaz en la comisión de investigación de la operación Kitchen del Congreso de los Diputados.
Archivo - El exministro del Interior Jorge Fernández Díaz en la comisión de investigación de la operación Kitchen del Congreso de los Diputados. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 24 febrero 2023 14:28

Pide hasta 4 años de cárcel y 9 de inhabilitación para Fernández Díaz por este delito

MADRID, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado este viernes su escrito de acusación por la 'Operación Kitchen', el presunto espionaje parapolicial dirigido entre 2013 y 2015 contra el ex tesorero del PP Luis Bárcenas para robarle información sensible del partido y sus dirigentes, achacando a siete de los 11 procesados, entre ellos el ex ministro de Interior Jorge Fernández Díaz, un delito de malversación del Código Penal (CP) anterior a la reciente reforma.

Los fiscales Miguel Serrano y César de Rivas acusan por "un delito de malversación, tipificado en el artículo 432.1 del CP en redacción dada por la LO 15/2003, de 25 de noviembre, y en el artículo 432.2 en redacción dada por LO 1/2015, de 30 de marzo".

Eso se traduce en una petición de 4 años de cárcel y 9 de inhabilitación absoluta para Fernández Díaz, aunque en el cómputo global busca que sea condenado a 15 años de prisión y 33 de inhabilitación por malversación y delitos de encubrimiento y contra la intimidad.

También solicita una condena de 4 años de cárcel y 9 de inhabilitación para el que fuera su secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el ex director adjunto operativo (DAO) Eugenio Pino y los comisarios José Manuel Villarejo y Andrés Gómez Gordo.

Las condenas interesadas por el delito de malversación caen levemente en los casos del ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) Enrique García Castaño, para el que los fiscales interesan 3 años de cárcel y 7 de inhabilitación, y de Sergio Ríos, ex chófer de los Bárcenas, para el que reclaman 4 años de prisión y 8 de inhabilitación.

UNOS 60.000 EUROS DESVIADOS

Anticorrupción aprecia este delito en el supuesto uso de fondos reservados para financiar la 'Kitchen'. Según su escrito, fueron un total de 57.943,43 euros, si bien añade que, "aunque no han sido objeto de cuantificación, también fueron desviados para la ejecución de ilícitos seguimientos" sobre Bárcenas y su entorno "los recursos, técnicos y humanos, del Ministerio del Interior utilizados en el desarrollo de las vigilancias llevadas a cabo".

Fuentes fiscales consultadas por Europa Press advirtieron en su día de que 'Kitchen' sería uno de los casos donde habría que adaptar la acusación a la nueva malversación, pero posteriormente --una vez entró en vigor la reforma penal-- aclararon que no afectaría a la acusación prevista porque los hechos eran anteriores a 2015.

Así, el artículo 432.2 del CP vigente hasta el pasado 12 de enero, cuando la última reforma desplegó sus efectos, castiga con entre 2 y 6 años de cárcel y 6 a 10 de inhabilitación a "la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 253 sobre el patrimonio público".

Se trata de la conocida como malversación apropiatoria, ya que ese artículo 253 persigue a "los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido".

LA REFORMA Y EL CRITERIO DE FISCALÍA

Cabe recordar que la reforma de la malversación dibuja tres supuestos distintos: cuando haya ánimo de lucro, manteniendo las penas antiguas (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación); y dos tipos nuevos: uno sin ánimo de lucro para "usos privados" (de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años) y otro para cuando lo malversado va a un fin distinto al previsto (de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación).

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dictó un decreto el pasado 25 de enero para fijar criterio sobre cómo aplicar la reforma de la malversación en los casos abiertos y las revisiones de condena, avalando que se mantengan las condenas dictadas con arreglo al artículo 432 del CP de 2015 porque dicha modificación "ha establecido idénticas penas de prisión e inhabilitación".

"No se revisarán las sentencias condenatorias por delitos de malversación apropiatoria dictadas con arreglo al artículo 432 del Código Penal vigente tras la reforma de 2015 puesto que la nueva ley ha establecido idénticas penas de prisión e inhabilitación", determinó la Fiscalía General del Estado (FGE).

En los pronunciamientos del Ministerio Público que se han ido conociendo hasta ahora se ha seguido este mismo criterio. Así, los fiscales del 'procs' apostaron por mantener la antigua malversación agravada, al igual que la fiscal anticorrupción Inmaculada Violán en el caso 'Acuamed'.

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