Anticorrupción rechaza que el comisario Gómez Gordo cumpliera órdenes "legítimas" en Kitchen

Archivo - El comisario, Andrés Manuel Gómez Gordo, durante una Comisión de Investigación sobre la utilización de medios de Interior para favorecer al PP y anular pruebas en casos de corrupción, a 5 de mayo de 2021, en la Sala Prim del Congreso de los Di
Archivo - El comisario, Andrés Manuel Gómez Gordo, durante una Comisión de Investigación sobre la utilización de medios de Interior para favorecer al PP y anular pruebas en casos de corrupción, a 5 de mayo de 2021, en la Sala Prim del Congreso de los Di - A.Martínez Vélez. POOL/Europa Press - Europa Press
Publicado: martes, 18 enero 2022 11:39

La Abogacía del Estado también respalda el auto de fin de instrucción de García-Castellón y se opone a los recursos de los mandos policiales

MADRID, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto al recurso ante la Sala de lo Penal presentado por el comisario Andrés Gómez Gordo, quien fuera jefe de seguridad la exministra 'popular' Dolores de Cospedal, por su procesamiento en la pieza 'Kitchen' y subrayan que el prolijo cuadro indiciario acredita su papel en los hechos y no permite considerar en ningún caso que las órdenes que recibió en ese marco pudieran ser consideradas "legítimas".

En el escrito del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, señalan que los argumentos del comisario son reiterativos respecto a los informados en el recurso de reforma ante el juez instructor Manuel García-Castellón, pero se fijan en que la defensa ahora añade como alegación que participó en el operativo policial conocido como Operación Kitchen porque cumplía "órdenes legítimas". Le contestan que esa alegación "carece de una mínima consistencia, ya que el prolijo cuadro indiciario que acredita su participación en los hechos no permite considerar en ningún caso que las órdenes recibidas pudieran ser consideradas legítimas".

Indican los fiscales que ese "desconocimiento del objetivo ilícito de la actuación policial" no cuadra con el protagonismo asumido por el recurrente desde el primer momento de la Operación Kitchen. Y recuerdan que participó en la captación como colaborador del chofer del matrimonio Bárcenas, Sergio Ríos; que fue el funcionario policial que grabó en la base de datos policial GATI un parte informativo para justificar una supuesta investigación iniciada en el seno de la Dirección Adjunta Operativa; y que realizó pagos de fondos reservados al chofer para comprar su colaboración.

Suman a esto que, aunque Gómez Gordo sostiene que nunca recibió de Sergio Ríos ningún documento obtenido como consecuencia del ilícito operativo policial desplegado en torno a Luis Bárcenas y Rosalía Iglesias, "otros indicios desmienten esta afirmación exculpatoria, que no pierde tal carácter por el hecho de que ninguno de estos documentos cuya preexistencia ha resultado sólidamente acreditada por numerosos indicios haya sido efectivamente intervenido en su poder".

LA RESPUESTA A FERNÁNDEZ DÍAZ

En la respuesta al recurso presentado por el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, una vez más el Ministerio Público se queja de los argumentos reiterativos y parafrasea su respuesta al recurso de reforma para incidir en que hay indicios suficientes de su participación.

Recuerda que tal y como se relata en el auto de 29 de julio, en una fecha que no se ha podido determinar entre los años 2012 y 2013, al parecer, Fernández Díaz abuso de sus funciones e instó a Francisco Martínez, quien fuera secretario de Estado de Seguridad, a poner en marcha una misión encaminada a la obtención de información y documentación que pudiera estar en poder de Luis Bárcenas --extesorero del PP-- "con el fin de sustraer dicho material de la autoridad judicial en la investigación que se llevaba a cabo en el marco de la pieza separada de los 'Papeles de Bárcenas'.

Indica que esto se mantiene con el soporte documental que pone de manifiesto el conocimiento por parte del Ministerio del Interior del operativo policial puesto en marcha en el ámbito operativo de la DAO, así como su carácter ilícito. Subraya que Fernández Díaz ejerció de ministro durante todo el período de ejecución del operativo policial ilícito que se financió con cargo a partidas de fondos reservados de su departamento y bajo la supervisión directa de su inmediato inferior jerárquico, Francisco Martínez.

Y añade que mantuvo comunicación con éste sobre el volcado de los teléfonos de Bárcenas. "Constituye uno de los momentos en que, de modo plenamente acreditado por medio de su parcial recuperación en el curso de la instrucción judicial, el operativo desarrollado logró obtener una parte de la documentación comprometedora que se buscaba", dice.

Los fiscales del caso recuerdan a la Sala de lo Penal que Fernández Díaz fue constantemente aludido por su segundo en el Ministerio en sus comunicaciones con terceros "como una de las altas personalidades del Partido Popular responsables de la Operación Kitchen" y hace alusión a los mensajes que Francisco Martínez protocolizó ante notario mensajes que intercambiaron. "Recordemos cómo se llegó secuencialmente a la obtención de estos documentos que implican directamente al investigado", añaden.

Cabe recordar que García-Castellón procesó en esta pieza a once personas, empezando por Fernández Díaz y su ex secretario de Estado Francisco Martínez; y siguiendo con el ex responsable de la Dirección Adjunta Operativa (DAO) Eugenio Pino, los comisarios José Manuel Villarejo, José Luis Olivera, Marcelino Martín Blas, Enrique García Castaño y Andrés Gómez Gordo; para terminar con los policías Bonifacio Díez y José Ángel Fuentes Gago, y el ex chofer de la familia Bárcenas Sergio Ríos.

EUGENIO PINO

Entre la batería de escritos de los fiscales a los que ha tenido acceso Europa Press, se encuentran también las repuestas a los recursos de otros investigados, como el del chófer de la familia Bárcenas, el de Eugenio Pino, el de Bonifacio Díaz Sevillano, el de José Ángel Fuentes Gago o el de José Luis Oliveras. A todos ellos se opone y de todos destaca al igual que en los anteriores que son reiterativos de los recursos de reforma ante el juez instructor.

En el referente al exDAO Eugenio Pino indican que en su recurso alega ausencia de concreción de su participación en los hechos, inconsistencia de los indicios recabados y falta de acreditación de la ilegalidad en el uso de los fondos reservado con los que se sufragó la operación policial.

Pero recuerda que ya en reforma indicó que las actuaciones "han aportado un sólido cuadro indiciario que acredita la directa participación en los hechos de Pino" que autorizó la puesta en marcha de un operativo ilícito y sufragado con fondos reservados, sobre cuyo control ostentaba una responsabilidad directa.

Indican que como DAO "abuso de sus funciones" y encomendó primero al comisario de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas y posteriormente a Enrique García Castaño, jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), a José Manuel Villarejo y a Gómez Gordo el desarrollo de labores para obtener de Sergio Ríos, a cambio de la entrega mensual de 2.000, información que les permitiera sustraer de algún lugar cerrado al que definen como "zulo" documentación comprometedora para el PP y para altos cargos del mismo en posesión de Bárcenas.

ABOGACÍA DEL ESTADO

Por otro lado, desde la Abogacía del Estado también se oponen a los recursos presentados contra el procesamiento en Kitchen de los encausados Francisco Martínez, Andrés Gómez Gordo, José Ángel Fuentes Gago, Sergio Ríos Esgueva y Bonifacio Diez Sevillano. Indica que además de que el auto de García-Castellón se ajusta a los cánones de lo que debe ser una resolución de pase a procedimiento abreviado, en él se incluye un relato de los hechos que aporta "suficientes" indicios incriminatorios, contrariamente a lo que sostienen los recurrentes.

Sobre los recursos ante la sala de Pino y Olivera, del primero afea que no haga "ningún esfuerzo en fundamentar cualquier infracción del auto impugnado" y del de Olivera explica que invoca falta de motivación, atipicidad de su conducta o que sea en el auto desestimatorio del recurso de reforma en el que se le atribuya un nuevo delito.

Señalan los Servicios Jurídicos del Estado que en el auto de transformación lo que se establece son hechos y por tanto son las acusaciones en el momento de presentar los escritos de acusación quienes califican los hechos. "El reproche contenido en el recurso no puede ser estimado", dice para añadir que hay una "suficiencia de su motivación".