Apagón en España: qué significa que se haya activado el nivel 3 de emergencia en ocho comunidades

Últimas noticias sobre el apagón en España, cortes de luz y estado del tráfico

Viajeros en la estación de trenes de Madrid Puerta de Atocha, esperan noticias sobre el apagón que paralizó la red ferroviaria en Madrid, a 28 de abril de 2025, en Madrid (España).
Viajeros en la estación de trenes de Madrid Puerta de Atocha, esperan noticias sobre el apagón que paralizó la red ferroviaria en Madrid, a 28 de abril de 2025, en Madrid (España). - Fernando Sánchez - Europa Press
Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 29 abril 2025 12:20

MADRID 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la orden del Ministerio del Interior que declara la emergencia de interés nacional en ocho comunidades autónomas -Andalucía, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Castilla-La Mancha, Galicia y la Comunitat Valenciana- tras el apagón masivo que afectó al sistema eléctrico peninsular el lunes 28 de abril de 2025 a las 12:30 horas.

Según explicó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una comparecencia tras la reunión del Consejo de Seguridad Nacional, fueron las comunidades de Andalucía, Extremadura y Madrid las primeras en solicitar formalmente la activación del nivel 3 de emergencias de Protección Civil (Ley 17/2015, de 9 de julio), una solicitud que el Ejecutivo aceptó y que supone que el Gobierno central asuma la dirección y coordinación de la respuesta.

Posteriormente, la declaración de emergencia de interés nacional se amplió también a La Rioja, Murcia, Castilla-La Mancha, Galicia y la Comunitat Valenciana, tal y como recoge el BOE en las órdenes INT/399/2025 y INT/400/2025. Pero, ¿qué implica exactamente esta declaración para los territorios afectados?

¿QUÉ ES EL NIVEL 3 DE EMERGENCIA DE INTERÉS NACIONAL?

La declaración del nivel 3 de emergencia de interés nacional significa que la situación supera las capacidades de respuesta de las comunidades autónomas afectadas, requiriendo la coordinación directa por parte del Estado.

¿QUÉ DICE LA LEY 17/2015 SOBRE LAS EMERGENCIAS DE INTERÉS NACIONAL?

La declaración de emergencia de interés nacional en España está regulada por la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

Según su artículo 28, se consideran emergencias de interés nacional aquellas situaciones que:

  • Afecten a varias comunidades autónomas.
  • Requieran la coordinación de diversas administraciones públicas.
  • Necesiten una aportación de recursos a nivel supraautonómico.
  • Exijan, por sus dimensiones efectivas o previsibles, una dirección de carácter nacional.

De acuerdo con el artículo 29 de esta ley, la competencia para declarar una emergencia de interés nacional recae en el titular del Ministerio del Interior, bien por iniciativa propia o a instancia de las comunidades autónomas o de los delegados del Gobierno.

En el caso del apagón del 28 de abril de 2025, la declaración se ha producido a solicitud de varias comunidades afectadas, con la aceptación posterior por parte del Gobierno central.

¿QUIÉN GESTIONA LA EMERGENCIA TRAS EL APAGÓN?

De acuerdo con la orden publicada en el BOE, la dirección de la emergencia corresponde al Ministro del Interior, quien asume la ordenación y coordinación de las actuaciones y la gestión de todos los recursos estatales, autonómicos y locales disponibles en el ámbito territorial afectado.

Tal y como recoge el artículo 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, en función de la gravedad de la situación, también se podrá requerir la colaboración de otras Administraciones públicas que cuenten con recursos movilizables, incluso si la emergencia no afecta directamente a su territorio.

La declaración surtirá efectos desde su adopción y se mantendrá vigente hasta que se declare su finalización una vez restablecida la normalidad en las comunidades autónomas afectadas?

¿QUÉ COMUNIDADES ESTÁN AFECTADAS?

Inicialmente, las comunidades que solicitaron la activación de la emergencia fueron Andalucía, Extremadura, La Rioja, Madrid y Murcia (Orden INT/399/2025, publicada en el BOE-A-2025-8486). Posteriormente, la declaración se amplió a Castilla-La Mancha, Galicia y Comunitat Valenciana mediante la Orden INT/400/2025 (BOE-A-2025-8487).

Ambas órdenes aparecen recogidas en el BOE número 103 de este martes, 29 de abril de 2025.

¿QUÉ DICE EXACTAMENTE EL BOE SOBRE EL APAGÓN?

Según recoge la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, publicada en el BOE, la interrupción del suministro eléctrico afectó a todo el territorio español peninsular, así como a Portugal y algunas zonas de Francia, debido a la interconexión de los sistemas eléctricos.

La caída del sistema interrumpió gravemente el funcionamiento normal de infraestructuras, comunicaciones, carreteras, trenes, aeropuertos, colegios y hospitales, entre otros. Algunos centros hospitalarios pudieron continuar prestando los servicios más urgentes gracias a grupos electrógenos de respaldo?.

El documento señala que el restablecimiento del suministro será paulatino y prolongado debido a la magnitud de la incidencia.

Artículos Relacionados

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado