Una asociación denuncia ante el CGPJ al juez que archivó dos causas contra Aznar por desatención en la instrucción

Actualizado: lunes, 9 abril 2007 20:54

Critica que ignoró diversos pronunciamientos firmes de la Audiencia de Madrid que ratificaron la existencia de infracción penal

MADRID, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Asociación contra la Injusticia y la Corrupción (Ainco) ha denunciado por desatención ante la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al titular del Juzgado de Instrucción número 23 de Madrid, David Maman Benchimol, tras archivar las diligencias abiertas al ex presidente del Gobierno José María Aznar por dos causas diferentes.

Uno de los procedimientos se refiere a la frustrada concesión de la Medalla de Oro por el Congreso de Estados Unidos y el otro a una entrevista concedida a una emisora colombiana en la que Aznar aseguró que tenía documentos del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) por haber estado al frente del Ejecutivo.

En la denuncia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la asociación acusa al juez de desatención en la instrucción de sendos procedimientos, después de que el magistrado relevase al anterior titular del Juzgado número 23, Julio de Diego López, a quien se adjudicó una plaza de nueva creación destinada a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Ainco denuncia en el escrito "la inobservancia" por parte del Juzgado de diversos pronunciamientos firmes dictados en marzo y octubre de 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid relativos a estas causas, en los que se ratificó la existencia de infracción penal y se acordó procedente instruir diligencias previas encaminadas a esclarecer los hechos denunciados.

"No se trata de que se le castigue por equivocarse, sino por no hacer lo que debía haber hecho, que no era otra cosa que cumplir con el deber de instruir y practicar dichas diligencian conforme a lo acordado en resoluciones firmes anteriores", señala la denuncia, que recuerda que la ley sanciona como desatención el apartamiento del juez de su obligación de "proceder inmediatamente a la comprobación del hecho denunciado".

DESATENCIÓN EN LA INSTRUCCIÓN.

La asociación subraya en la denuncia que la "desatención es una falta muy grave que cometen los jueces y magistrados cuando obran con descuido o ligereza muy grave en la iniciación, tramitación o resolución de las causas o procesos de los que conocen o en el ejercicio de cualesquiera competencias judiciales".

Hace hincapié en que la ley "le obligaba con absoluta claridad a cumplir con los deberes que imponen las reglas procesales", lo que le impedía, apunta, "con claridad meridiana adoptar una resolución de tal trascendencia en ese momento procesal", máxime cuando "en momento alguno el Ministerio Fiscal ha considerado que los hechos no son constitutivos de infracción penal".

Concluye así que la conducta del juez incurre en una desatención, ya que, a su juicio, "sólo resulta explicable ante la proximidad de las elecciones del 27 de mayo".

CONCESIÓN DE LA MEDALLA.

La Comisión Permanente del Consejo adjudicó el pasado febrero la plaza a Maman. Al poco tiempo de tomar posesión, según la denuncia, el juez archivó la causa en la que se investigaba a Aznar por la concesión de la Medalla de Oro, al no apreciar existencia de indicio alguno de responsabilidad criminal, así como de "ningún" delito de malversación de dinero público y de falsedad de documentos.

En su auto, el magistrado inadmitió a trámite la querella presentada en julio de 2005 por el abogado murciano José Luis Mazón y su compañera de despacho Ercarnación Martínez Segado, personados como acusación popular en el procedimiento, ya que en aquellos momentos la concesión de la Medalla de Oro del Congreso americano suponía "un beneficio diplomático" y "una vía presencial en Estados Unidos".

Mazón y Martínez Segado denunciaron entonces que Aznar pagó 2,3 millones de euros con fondos públicos los servicios del despacho de abogados norteamericanos Piper Rudnick, que actuó como lobby para la frustrada concesión de la Medalla.

INFIDELIDAD EN LA CUSTODIA.

En menos de un mes, el titular del Juzgado número 23 sobreseyó igualmente el procedimiento relativo a la supuesta infidelidad en la custodia de documentos del CNI, al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal.

En su resolución, afirma que no "se puede saber" si Aznar guardó copia de algún documento, pero agrega que "obtener una copia de un documento por la persona que tiene derecho a su examen, ni es sustracción ni destrucción, ni inutilización ni ocultamiento".

Esta causa comienza a raíz de una querella presentada por Ainco contra Aznar en diciembre de 2004, después de que el ex jefe del Ejecutivo asegurara, el 16 de julio de 2004, en la emisora colombiana Radio Caracol que tenía en su poder "todos los informes del Servicio de Información" por haber sido presidente del Gobierno.