La Audiencia condena a 10 años de prisión al empresario Vilar por agresión sexual, robo y detención ilegal a su ex mujer

Actualizado: viernes, 2 junio 2006 20:00

CASTELLON, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado al empresario Vicente Vilar a 10 años de prisión por los delitos de agresión sexual, robo con intimidación y detención ilegal cometidos contra su ex mujer, M.V., así como a pagar una multa de 800 euros por dos faltas de lesiones y amenazas.

Además, la sentencia impone al procesado la prohibición de aproximarse a más de 100 metros de la víctima y acercarse a su domicilio en la misma distancia, así como a comunicarse con ella de forma directa por cualquier medio durante un periodo de cinco años tras el cumplimiento de la condena, y le obliga a indemnizar a M.V. con 13.000 euros por todos los conceptos.

El empresario condenado está imputado, junto al presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, en una causa abierta por el juzgado de instrucción número 1 de Nules por uno o varios presuntos delitos contra la Administración Pública.

La sala considera probado que Vicente Vilar, que estaba separado de hecho de su esposa desde el 9 de marzo de 2003 por decisión de ésta, el 12 de abril de ese mismo año visitó el domicilio de la víctima en Castellón tras decirle por teléfono que sus hijos querían felicitarla por haber aprobado un examen. El acusado, antes de subir al domicilio, dio instrucciones a su chofer para que, si advertía de que se quedaba solo con su M.V., se llevara a los niños.

Vicente Vilar pidió a su ex mujer que volvieran juntos, a lo que ésta negó, reprochándole que él ya estaba con una brasileña con quien había hecho recientemente una aparición en un acto público y social, mientras que él le dijo que ella estaba con otro hombre. La víctima intentó abandonar la cocina, aunque fue agarrada por las muñecas por el acusado, que le impidió salir. Mientras, el chofer abandonó el domicilio con los niños.

Entonces, según la sentencia, el procesado, "guiado por un ánimo libidinoso", condujo a M.V. hasta el dormitorio, donde le propinó un empujón contra la pared, le tapó la boca y procedió a desnudarla. Posteriormente, se colocó encima de ella en la cama, la abofeteó, la amenazó con matarla si se resistía y le dijo que tenía una pistola de un amigo.

El procesado agredió sexualmente a la víctima en diferentes ocasiones. Tras una interrupción de dos horas, volvió a hacerlo y, al finalizar, se sacó unas monedas del bolsillo y las arrojó sobre la cama, diciéndole: "coge tu propina, puta". Posteriormente, Vicente Vilar registró los bolsos de su ex mujer y se apoderó de un libreta de ahorros, dos móviles, una factura y 3.000 euros, según consta en la sentencia.

LESIONES

Sobre las 4.30 horas del día siguiente, el acusado obligó a M.V. a ir a Artana (Castellón), donde anteriormente vivían juntos y posteriormente se dirigieron a la empresa Naranjax, donde la tuvo sentada en contra de su voluntad hasta las 12.00 horas, momento en que pidió a su chofer que la recogiese. El acusado, según la sala, golpeó a la víctima, la tiró al suelo y le propinó patadas cuando intentaba recoger el dinero y los teléfonos.

Como consecuencia de los hechos, M.V. sufrió lesiones que precisaron de un primera asistencia facultativa y tardó 6 días en curar.

La sala ha alcanzado su decisión condenatoria por la declaración testifical de la víctima que, "como es sabido, tiene el valor excepcional de testimonio en determinados delitos o función de la forma de expresión de la actuación criminal". Asimismo, analizando el testimonio de M.V. y en función del resto de la prueba practicada, el tribunal asegura que "no tiene la menor duda de que el testimonio incriminatorio de ésta es sincero y ajustado a la verdad".

Además, señala que el procesado ha tratado de fisurar el testimonio de la víctima "presentándola como una drogadicta y esposa infiel", pero, "al margen de que ello suponga una incruenta denigración de quien es madre de sus hijos, sería una cuestión de relativo y discreto interés, frente a otras evidencias que inciden en el núcleo del verdadero objeto".

Finalmente, la sentencia afirma que no se perciben móviles económicos al tiempo de la denuncia, aunque pueda aceptarse que en un primer momento pudiera causar "desconcierto" una junta de Artemis 2000 S.L, participada al 50 por ciento por la esposa del presidente de la Diputación, Carlos Fabra, y la víctima, el día 13 de abril de 2003 celebrada en casa del dirigente popular, en la que se apartó al procesado de su condición de administrador único de dicha empresa.