MADRID, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha confirmado la extradición a Georgia del líder mafioso Alexander Zakhar Kalashov para que cumpla la condena de 18 años de cárcel tiene pendiente por un delito de asociación ilícita y el secuestro de un ciudadano estadounidense que permanece desaparecido, al considerar, entre otros argumentos, que su temor a que pueda ser torturado en su país de origen no tienen "ningún tipo de justificación".
Así consta en un auto dictado este miércoles por el Pleno de la Sala de lo Penal en el que se rechaza el recurso de súplica presentado por la defensa de Kalashov contra el auto que autorizaba su entrega, al tiempo que se deja sin efecto, tal y como reclamaba la Fiscalía, la obligación de que el tribunal georgiano rebaje la pena por asociación ilícita en caso de que el Tribunal Supremo le condene finalmente por este delito.
La resolución judicial de la Audiencia Nacional, de la que ha sido ponente la magistrada Carmen Paloma González, reprocha a la defensa de Kalashov, que ejerció el abogado Gómez de Liaño, que no argumentara "nada" en la vista en la que se estudió el recurso para sostener que existía "peligro" de que pudiera ser "torturado" en caso de ser extraditado.
En este sentido, recalca "la falta de demostración mínima acerca de la existencia de un temor racional y fundado de vulneración de algún derecho fundamental y la garantía prestada por el Estado reclamante sobre su inexistencia".
El pasado 1 de junio, la Audiencia Nacional impuso a Kalashov siete años y seis meses de cárcel y el pago de una multa de 20 millones de euros por un delito de blanqueo de capitales, pero le absolvió del de asociación ilícita como 'ladrón en ley' o dirigente de una 'comunidad de ladrones', en aplicación del principio 'non bis in idem', que impide que una persona sea juzgada dos veces por los mismos hechos.
Además, estableció dos requisitos para formalizar la entrega: la rebaja de la pena correspondiente al delito de asociación ilícita en caso de condena por parte del Tribunal Supremo y la obligación de que Emiratos Árabes Unidos --país en el que el mafioso fue detenido en 2006 por agentes españoles-- autorizara su "reextradición" a Georgia.
"HUYÓ DELIBERADAMENTE"
Tras destacar que la nacionalidad georgiana de Kalashov ha sido acreditada por las autoridades del país, el auto recuerda que fue juzgado en rebeldía al "no haber sido encontrado en su domicilio y no haber sido hallados sus familiares" y tras llegarse al convencimiento de que éste "no quería afrontar directa y personalmente el procedimiento penal, al haber huído deliberadamente de su país".
A este respecto, el Pleno de la Sala de lo Penal concluye que el sistema judicial georgiano reúne todas las "garantías mínimas exigidas por el derecho de defensa", ya que en el citado procedimiento Kalashov pudo nombrar a un abogado y recurrir la sentencia que le fue impuesta.
Ante el argumento esgrimido por la defensa de que las autoridades georgianas "conocían perfectamente" que Kalashov se encontraba detenido en España, la Audiencia Nacional sostiene que "el paradero de un determinado encausado puede ser desconocido por el juez, tribunal o fiscal encargado de la tramitación de un procedimiento penal, y puede conocerse por otra autoridad ajena al caso".
En relación con el delito de asociación ilícita, el Pleno de la Sala recuerda es el Tribunal Supremo quien "debe resolver de forma definitiva" esta cuestión, que se encuentra "supeditada a la decisión que el alto tribunal acuerde sobre el particular
VOTOS PARTICULARES
El auto cuenta con los votos particulares de los magistrados Ángel Hurtado, Fernando García Nicolás, Julio de Diego y Enrique López, que defienden que la demanda extradicional ofrece al mismo tiempo la posibilidad de que Kalashov impugne la sentencia en la que fue condenado y de que sea sometido a un nuevo juicio. Además, José Ricardo de Prada argumenta que el auto debería haberse dictado después de que el Tribunal Supremo resolviera el recurso de casación que tiene pendiente.
Durante la vista de extradición, que se celebró el pasado 15 de septiembre, el líder mafioso se negó a ser extraditado hasta que no tenga garantías va a poder contar con una "defensa justa" en Georgia. Fue condenado por el Juzgado Municipal de Tbilisi (Georgia) por ser el líder de una organización criminal georgiana gestada en la antigua Unión Soviética, en el año 1971. La esfera de influencia del grupo criminal abarcaba diferentes ámbitos como el control del juego y casinos, tráfico de drogas y de armas.
En España, el representante del Ministerio Público acusó a este destacado 'capo' de liderar una organización que se dedicaba a blanquear en España "importantes cantidades de dinero" que se obtenían del tráfico de drogas y armas, asesinatos por encargo, extorsión, contrabando y el control de los principales casinos de la Federación Rusa.
Kalashov fue detenido en mayo de 2006 en Dubai, meses después de que se desarrollara la primera fase de la 'Operación Avispa', en junio de 2005, que se saldó con 28 detenidos, entre ellos 22 'capos' de las mafias de la antigua URSS acusados de asociación ilícita, blanqueo de capitales y quiebra fraudulenta. Además, se realizaron 41 registros y se bloquearon más de 800 cuentas bancarias pertenecientes a 42 entidades bancarias distintas.