La Audiencia de Jaén dictamina que la mujer que se hizo pasar por podóloga sin título no cometió intrusismo

Actualizado: martes, 30 mayo 2006 16:32

JAEN, 30 May. (EUROPA PRESS) -

El titular de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto de un delito de intrusismo a la mujer que se presentó en diversos domicilios haciéndose pasar por podóloga, a pesar de no tener la titulación necesaria, con el fin de "arreglar los pies" de estas personas y cobrándoles por este servicio cantidades que iban desde los seis hasta los 120 euros.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, fundamenta que el "simple corte de las uñas o la aplicación de un masaje en los pies no es un acto propio de la profesión de un podólogo, que exige determinados estudios y la obtención de la correspondiente diplomatura", al tiempo que puntualiza que el instrumental que usaba la acusada era simplemente un cortaúñas y una lima.

Asimismo, estipula que "la aplicación de cremas no puede considerarse tratamiento curativo o propio de la profesión de podólogo" y que el hecho de cortar las uñas o masajear los pies "no está reservado a los diplomados en Podología".

No obstante, el magistrado establece que la acusada sí es responsable de una falta contra el orden público al conseguir que las víctimas aceptaran sus servicios tras alegar que era podóloga y cobrar por ello "cantidades abusivas".

Así las cosas, se consideran hechos probados que Adela M.R., natural de Andujar (Jaén) y de 40 años de edad, se presentó hasta en diez domicilios entre los meses de junio de 2001 y noviembre de 2002, diciendo que era podóloga y que iba a curar los pies.

El primer caso tuvo lugar el 27 junio de 2001, cuando la acusada, junto con su hija, acudió al domicilio de María de los Angeles B.M. y le pidió 16.000 pesetas por sus servicios. Así, al sacar la denunciante un sobre con dinero, Adela M.R. lo cogió "sin su consentimiento" y le sacó 26.000 pesetas "sin que la denunciante hiciera nada por impedirlo por temor", situación que se repitió hasta en nueve ocasiones más.

La acusada argumentó en algunas ocasiones que la enviaba la Seguridad Social y, en el último caso, amenazó al propietario de un domicilio con "cortarle el cuello" si no le pagaban, por lo que recibió 100 euros.

Ante estos hechos, el magistrado estima en parte el recurso de apelación que presentó la acusada contra la sentencia dictada en primera instancia por el juzgado de lo penal número dos de Jaén, que la condenó a un año de cárcel por un delito consumado de intrusismo y al pago de una multa de 360 euros por una falta de hurto, en el sentido de absolverla del delito de intrusismo y condenándola al pago de una multa de 120 euros por una falta contra el orden público, manteniendo la multa por la falta de hurto y que indemnice a una de las víctimas en 60 euros.