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Archivo - Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid. - Cézaro De Luca - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 2 junio 2022 12:53

Descarta reclamar caución de hasta 22,5 millones a particulares y 4,2 millones a dos empresas y rebaja a 14 millones la del excuñado de Rato

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado retirar la exigencia de fianza a cinco personas y dos empresas investigadas en el procedimiento que se sigue sobre el origen del patrimonio de exvicepresidente del Gobierno y exministro de Economía Rodrigo Rato.

En una batería de autos que se ha conocido este jueves, los magistrados de la Sección 23 han eximido a cinco directivos a los que se les reclamaban 4,5 millones de euros individualmente; a la vez que han suprimido la petición para las empresas Publicis Comunicación y Zenith Media, que debían abonar 2,1 millones cada una.

Las defensas alegaron que la resolución del juez --a cargo de la investigación del denominado 'caso Rato'-- carecía de "cualquier tipo de motivación sobre la concurrencia de los presupuestos para imponer" las fianzas. Además, insistieron en que las cauciones solicitadas atentaban contra el derecho a la presunción de inocencia, porque -a su juicio-- su objetivo no era garantizar la responsabilidad civil o la eventual indemnización de una víctima, "sino la pena de multa y decomiso".

Así, los letrados subrayaron que "la medida millonaria" no tenía un carácter cautelar, sino "realmente punitivo por su desproporcionalidad". Ahora, los magistrados de la Sección 23 han dado la razón a las defensas y han ordenado eliminar las fianzas solicitadas en un principio.

La Audiencia Provincial ha adoptado esta decisión en contra del criterio de la Fiscalía, que defendió que la fianza solicitada no era ni arbitraria ni injustificada. Los magistrados han recordado que el afianzamiento de la pena de multa es una medida "muy excepcional" que "debe ser objeto de especial justificación" para evitar un "automatismo innecesario en el simple aseguramiento del cumplimiento de la pena".

Los integrantes de la Sección 23 han concluido que "el hipotético enriquecimiento de las empresas Publicis o Zenith no deriva de forma directa de la actividad delictiva, sino de la prestación de los servicios contratados".

Así las cosas, han entendido que "el decomiso de las ganancias derivadas del delito de corrupción en los negocios solo puede ir referido a quienes, supuestamente, de forma clara y directa obtuvieron la ilícita comisión o beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza".

FIANZAS A ALBISA Y KRADONARA 2001

Al hilo, han explicado que "la dádiva o provecho satisfecho por la conducta corrupta, el pago de las comisiones, debe ser objeto de decomiso, pero ello sólo puede recaer, en principio, sobre la empresa que lo obtuvo, o las personas físicas amparadas tras ellas. A ALBISA (Alberto Portuondo, investigado) y a Kradonara 2001 S.L. (Rodrigo Rato, investigado)".

En sintonía con este criterio, los jueces han estimado pertinente mantener la fianza para Santiago Jerónimo Alarcó, excuñado de Rato, si bien se la rebajan a 14 millones de euros, frente a los 27,5 millones que el Juzgado de Instrucción había asegurado su responsabilidad pecuniaria, al entender que esta cuantía era "proporcionada y suficiente".

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