La Audiencia Nacional condena al 'grapo' Martín Ponce a 30 años de cárcel por el asesinato de un policía en 2000

El juicio se repitió porque la familia no fue informada del devenir del proceso

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 5 mayo 2010 20:33

MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 30 años de cárcel al miembro de los Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre (GRAPO) Marcos Martín Ponce por el asesinato del policía nacional Francisco Javier Sanz Morales, ocurrido en Madrid el 17 de noviembre de 2000. El juicio tuvo que ser repetido en cumplimiento de un auto del Tribunal Supremo, dado que la familia del agente no pudo ejercer la acusación particular en el anterior proceso, del que el terrorista salió absuelto.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Angela Murillo, destaca la "crueldad y frialdad de ánimo" con la que actuó Martín Ponce al matar al agente de Policía, así como a su "alevosía elevada al grado sumo y cobardía inusitada de la que hizo gala". Saz Morales recibió varios disparos cuando se encontraba "en situación de absoluto desamparo", cuando guardaba unos papeles en su moto.

Para alcanzar este fallo, el tribunal ha tenido en cuenta, entre otros, el testimonio prestado por tres testigos protegidos que presenciaron el asesinato. Una de estas declaraciones ha sido "el alma mater" de la causa, explica la juez, ya que la ausencia de esta persona durante el acto de vista oral que tuvo lugar en julio de 2007 motivó que el Tribunal Supremo anulara la primera condena de la Audiencia Nacional.

FALTÓ UN TESTIGO PROTEGIDO

El alto tribunal absolvió al miembro de los GRAPO porque el tribunal y la policía fueron "incapaces" de localizar a la testigo protegido que reconoció al acusado en el momento de los hechos, de manera que no se pudo someter a contradicción su testimonio durante la vista oral.

Sin embargo, en esta ocasión la mujer "acudió al llamamiento judicial, después de llevarse a efecto múltiples gestiones" y pudo ser sometida "a todos los principios que rigen el solemne acto del plenario: inmediación, oralidad, contradicción, publicidad".

La sentencia recuerda así que la mujer que "presenció los escalofriantes hechos" acudió al juicio, donde se mostró "consternada, temerosa, al borde de llegar el llanto", al relatar cómo presenció el asesinato del policía.

La mujer explicó que salía de su casa cuando vio a dos individuos que le llamaron su atención y le "infundieron miedo" porque le parecieron "delincuentes comunes o drogodependientes que podrían quitarle el bolso".

Poco después, presenció cómo el policía asesinado salía de un colegio y se disponía a introducir unos documentos en el portaequipaje de su moto, mientras los dos hombres se le acercaron y "el más fuerte y alto de los dos extrajo una pistola de la parte posterior de la cintura y efectuó dos detonaciones" contra Sanz Morales.

LO RECONOCIÓ "SIN NINGÚN GÉNERO DE DUDAS"

La mujer acudió a una comisaría, donde "dos horas más tarde" reconoció "sin ningún género de dudas" a Martín Ponce como el autor de los disparos después de que se le mostrara un total de doce fotografías.

Además, la sentencia incluye en el capítulo de hechos probados la declaración que el ya condenado por estos hechos y compañero del ahora procesado, Israel Torralba Blanco, efectuó en sede policial en 2006, explicando que el atentado fue efectuado en respuesta al "sistema de represión policial y carcelaria" del Estado español. Torralba relató que el objetivo era "un miembro del Cuerpo Nacional de Policía que consideraran accesible y asequible para el acometimiento de los hechos".

Para ello, Torralba y Martín Ponce "transitaron por diversas calles de Madrid, en búsqueda del objetivo adecuado", siéndoles "indiferente la persona concreta que resultara afectada por tan fatales designios".

En el juicio compareció Torralba, quien reconoció ser "amigo y camarada de Marcos", aunque se negó a responder acerca de si los dos mataron a ninguna pregunta, aludiendo que no iba a "delatar a ningún compañero.

La magistrada considera que esta respuesta es en sí misma relevante, y se pregunta "porqué motivo eludió proporcionar la contestación oportuna, diciendo simplemente no" si Martín Ponce "era persona ajena a estos acontecimientos". A su juicio, esto sería una "extraña estrategia que no favorece en absoluto, sino todo lo contrario a la persona enjuiciada".

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