La Audiencia Nacional envía a San Sebastián la causa económica de 'Egunkaria' al no apreciar delitos de terrorismo

Actualizado: miércoles, 5 mayo 2010 16:35

El juez Vázquez Honrubia considera "evidentísimo" que no puede juzgar un fraude fiscal que se habría cometido en Guipúzcoa

MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

El juez central de Lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, remitió hoy al Juzgado Decano de San Sebastián la causa en la que se investiga el fraude a la hacienda pública que pudieron cometer los responsables del diario en euskera 'Egunkaria', al considerar que tras la absolución de los directivos del periódico no pueden apreciarse en esta segunda pieza delitos de terrorismo.

Así consta en un auto dictado hoy por el magistrado en el que se inhibe a favor de los juzgados penales de Guipúzcoa de la causa económica de 'Egunkaria', en la que la asociación Dignidad y Justicia pide penas de entre 13 años y nueve meses de cárcel hasta 26 años y cuatro meses para los ocho imputados, entre los que se encuentran los directivos Juan María Torrealday, Ignacio María Uría y José María Auzmendi, que fueron absueltos de integración en organización terrorista.

Además, están procesados en esta causa José María Sors, Fernando Furundarena, Miguel María Sorozabal, Begoña Zublezu y Ahinoa Albisu. Los ocho están acusados por falseamiento de la contabilidad de los registros fiscales y de las condiciones para la concesión de subvenciones públicas y delitos contra la hacienda pública por la defraudación en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). La Fiscalía se adhirió al informe de la acusación popular aunque retiró este último delito tras valorar un informe de la Diputación Foral de Guipúzcoa.

La resolución de Vázquez Honrubia sostiene que resulta "evidentísimo" que la Audiencia Nacional "no puede atribuirse" la competencia para "enjuiciar defraudaciones fiscales por hechos que en todo caso se habrían cometido en la sede social del periódico 'Egunkaria'", que se encuentra en el municipio guipuzcoano de Tolosa.

Por este motivo, recuerda que, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECR), la causa debería recaer en "los organismos jurisdiccionales correspondientes" de esta localidad, ya que "admitir otra conclusión sería tanto como entender competente a esta Audiencia Nacional para cualquier clase de delito cometido por integrante o supuesto integrante de banda terrorista".

NO HAY FINANCIACIÓN DE ETA

El magistrado, que asume de esta forma el criterio de la Fiscalía, destaca en su auto que "curiosamente ni siquiera la acusación popular enlaza la presunta defraudación fiscal con hechos que permitan concluir ni indiciariamente que esta actividad defraudatoria fuera encaminada a financiar a la banda terrorista ETA".

"Carece de sentido, como alega el Ministerio Fiscal, que por el mero hecho de atribuírseles en el sumario la condición de terroristas resulte que todos los delitos que supuestamente cometan tengan sin más tal carácter y deban ser enjuiciados por esta Audiencia Nacional", razona el juez.

Dignidad y Justicia, que defiende que el diario clausurado en 2003 funcionaba como "un vehículo de ETA", también solicita que los acusados en este procedimiento paguen una multa de entre 21 y 33 millones de euros. Según la asociación, el periódico habría causado un perjuicio a la Hacienda Foral de Guipúzcoa de 5.481.832 euros.