La Audiencia Nacional rechaza la recusación presentada contra Garzón en la investigación del caso del 'chivatazo'

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 12 diciembre 2006 18:31

MADRID 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el incidente de recusación presentado por el sindicato Manos Limpias contra el juez Baltasar Garzón en relación con la investigación del presunto 'chivatazo' policial a miembros de la red de extorsión de ETA. El magistrado desestimó la querellas presentadas por el sindicato contra varios mandos policiales, entre ellos el ex comisario general de Información Telesforo Rubio, por delitos de revelación de secretos y colaboración con banda armada.

El instructor de la recusación, el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Javier Gómez Bermúdez, rechaza los cuatro motivos de recusación planteados contra el juez Garzón y ordena devolverle la causa, que continuará así su instrucción. Manos Limpias alegó, entre otros puntos, la amistad existente entre Rubio y el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5.

A este respecto, el auto de la Sala de lo Penal recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial "no establece como causa de recusación las relaciones sociales simpáticas entre juez y parte del procedimiento", sino que exige "la intimidad de la relación".

Manos Limpias se refería a una invitación por parte del juez a Rubio para participar en un seminario sobre terrorismo. El auto señala que este supuesto "no integra la meritada causa de recusación", y añade que además no consta que el ex comisario sea parte en la instrucción que realiza el juez sobre el presunto 'chivatazo'.

Manos Limpias alegó también la "enemistad manifiesta" que esta organización se ganó con respecto a Garzón, contra el que ha interpuesto una querella criminal solicitando su suspensión en el ejercicio de la judicatura y la prohibición de salida del territorio nacional. Por ello, el sindicato cree que este magistrado se encuentra inhabilitado para conocer de cualquier asunto en el que esta organización intervenga.

La Sala de lo Penal señala que el sindicato no aportó prueba alguna sobre dicha enemistad, así como principio de prueba alguno sobre la existencia de la "pretendida amistad, menos aun íntima", entre Rubio y el juez recusado.

Igualmente, se rechaza el motivo referido a las supuestas labores realizada en el Juzgado Central de Instrucción número 5 por otro de los querellados, el jefe de Seguridad del PSOE, Fernando Mariscal, que la Sala califica de "mera hipótesis, elucubración o intuición".

IDEOLOGÍA DE GARZÓN.

Tampoco se acepta lo manifestado por Manos Limpias con respecto a "la actividad política de Garzón en el seno del mismo partido que el querellado Fernando Mariscal".

Dicha actividad política, según la Sala, consistió en concurrir a las elecciones generales de 1993 como número dos en la lista por Madrid del PSOE, siendo elegido parlamentario e integrándose en el grupo socialista en el Congreso de los Diputados, y formando parte del Ejecutivo como secretario de Estado del Plan Nacional sobre Drogas.

"La presentación a unas elecciones generales y el desempeño de un alto cargo político por parte de los jueces mediante el abandono del servicio activo, y su pase a la situación de servicios especiales, está permitido y regulado por la ley", recuerda la Sala.

Añade que de la "coincidente trayectoria ideológica" entre Garzón y los altos mandos policiales contra los que se querelló Manos Limpias, a la que alude esta organizacion, no puede deducirse una pérdida de la apariencia de imparcialidad objetiva del juez como causa genérica de recusación.

"Lo contrario conduciría a que por la vía del examen de oficio de la existencia o no de afectación de la apariencia de imparcialidad objetiva, todos los jueces se podrían ver abocados al apartamiento de los procesos y a una eventual estimación de recusaciones 'inaudita parte', sin ser oídos, de forma inquisitorial, lo que está vedado en derecho", concluye la Sala.

El pasado 5 de octubre, Garzón desestimó las querellas y denuncias en relación con el presunto 'chivatazo' presentadas por el sindicato Manos Limpias contra el jefe de Seguridad del PSOE, Fernando Mariscal, el ex-comisario general de Información Telesforo Rubio y el jefe de la Brigada Operativa de San Sebastián, Manuel Risco.

En su resolución, el titular del Juzgado de Instrucción número 5 justificó su decisión argumentado que no existían indicios racionales de criminalidad por parte de los responsables policiales, y destacó la "manifiesta falta de concreción de los hechos que, en ningún caso, serían constitutivos de delitos para los funcionarios en cuestión", por lo que entiende que las querellas y denuncias deben ser desestimadas ante la "inconsistencia" de las mismas.

La investigación sobre el chivatazo comenzó a raíz de la llamada telefónica que supuestamente recibió el pasado mes de mayo el principal detenido en la operación contra el aparato de extorsión en España, Joseba Elosúa, en la que una persona desconocida le alertó de la operación policial contra el entramado de finanzas de ETA.

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