La Audiencia Nacional suspende los juicios durante 15 días salvo los que ya han comenzado

La cancelación de vistas ya iniciadas podría dar lugar a nulidades, por lo que se tratarán de seguir mediante videoconferencia

Europa Press Nacional
Publicado: viernes, 13 marzo 2020 13:58

MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, ha acordado este viernes suspender los juicios --salvo los que ya hayan comenzado-- y actuaciones judiciales de los próximos 15 días a contar desde el próximo lunes, 16 de marzo, tal y como le han solicitado por los presidentes de las Salas de lo Penal, Contencioso-Administrativo, Social y el juez decano que ha actuado en nombre de los juzgados centrales.

En el caso de lo Contencioso y lo Social, se suspenden las actuaciones judiciales programadas para estos 15 días, salvo las urgentes que pudieran causar perjuicios irreparables. Esas situaciones urgentes en las mencionadas jurisdicciones serían las referidas a medidas cautelarisimas o cautelares cuya resolución se impondría.

En lo que respecta a la Sala de lo Penal, se suspenden los juicios que sean de causas sin presos. De esta medida se exceptúan los juicios ya comenzados, algunos de los cuales se han prolongado durante meses y su suspensión podría dar lugar a nulidades. Pero en estos casos, para minimizar los riesgos de contagio, podrán celebrarse desde las sedes judiciales de su lugar de residencia por videoconferencia, siempre que ello resulte factible.

CAUSAS CON PRESO

De las causas con presos ya señaladas, éstas se mantendrán sin perjuicio de que los presidentes de las secciones puedan acordar o interesar la suspensión en supuestos de imposibilidad de efectuar los traslados de los presos, peticiones de suspensión formuladas por las partes o cualquier circunstancia que imposibilite materialmente la celebración de los mismos.

Respecto a los juzgados centrales, se suspenden igualmente las actuaciones judiciales de los próximos 15 días a contar desde el lunes, salvo aquellas que sean consideradas urgentes e inaplazables, así como el servicio de guardia o, en definitiva, "cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicios irreparables, o para en el caso de los juzgados centrales de lo Contencioso, supuestos como autorizaciones de entradas sanitarias urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares y recursos contencioso electorales".

En el acuerdo de suspensión firmado por Navarro, se ha tenido en consideración la "imperiosa necesidad, por razones de salud pública, de contener la expansión del contagio del COVID-19, de acuerdo con las recomendaciones del Ministerio de Sanidad". También se destaca la "singularidad" de la Comunidad de Madrid, "cuyo índice de contagios supera notoriamente al del resto del Estado, lo que aconseja con mayor intensidad extremar las precauciones, a fin de frenar la expansión de la infección, y más cuando en el caso de la Audiencia Nacional, los profesionales jurídicos o partes proceden de todo el territorio nacional".

LA ACTIVIDAD CONTINÚA, SE LIMITA EL TRASIEGO DE GENTE

Por último, se ha valorado "el contexto espacial en el que se desarrollan las actividades judiciales cuya suspensión se acuerda, en cuanto que no permite respetar íntegramente las condiciones físicas y preventivas establecidas por las autoridades sanitarias".

Desde la Audiencia Nacional se recuerda que los magistrados van a continuar trabajando y deliberando a través del teletrabajo y mediante los medios tecnológicos que estén a su alcance. De lo que se trata con estas medidas es limitar lo máximo posible el trasiego de personas en el tribunal. Las actuaciones suspendidas se irán realizando en cuanto se normalice la situación, incrementando la carga de trabajo para garantizar su resolución en los plazos previstos.

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