La AVT impugna una veintena de recursos de etarras pidiendo acortar su estancia en prisión

El Etarra Jon Kepa Preciado Durante El Juicio En La Audiencia Nacional
POOL
Actualizado: martes, 30 junio 2015 15:27

Las víctimas del terrorismo quieren evitar que los miembros de ETA se beneficien de esta "artimaña legal"

MADRID, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha impugnado en el último mes más de una veintena de recursos de casación que miembros de la banda terrorista ETA han presentado en el Tribunal Supremo para que se acumulen las penas cumplidas en Francia a sus condenas.

La asociación ha informado de que, con la impugnación a la petición del etarra Jon Kepa Preciado, que fue condenado la pasada semana a 377 años de cárcel por intentar matar con un carrito bomba a la ex concejal socialista de Portugalete Esther Cabezudo, ya son "más de una veintena las impugnaciones" que ha presentado para "impedir que los etarras que han cumplido penas en Francia se beneficien de una nueva artimaña legal para acortar su estancia en prisión en España".

Es el caso de Jon Kepa Preciado, que ha recurrido ante el Supremo el auto de la Audiencia Nacional que le denegó la acumulación de los diez años de condena cumplidos en las cárceles del país vecino.

HISTORIAL DE JON KEPA PRECIADO

Jon Kepa Preciado acumula varias condenas en España por atentados terroristas y pertenencia a banda armada. En 2012, fue condenado a 54 años de prisión por colocar un coche bomba en la parte trasera de la empresa Iberdrola en Bilbao.

En 2013, le fue impuesta una condena de nueve años por colocar otro coche cargado de explosivos junto al edificio que alberga a la Hacienda foral vizcaína y la sede de Antena 3.

Finalmente, la Audiencia Nacional le condenó a mediados del pasado junio a 377 años de prisión por intentar matar en 2002 con un carrito bomba a la teniente de alcalde de Portugalete (Vizcaya) Esther Cabezudo, quien salvó su vida al caminar por la acera contraria a la del explosivo.

La AVT asegura que seguirá agotando "todas las vías" para evitar la excarcelación de etarras en virtud de la acumulación de condenas, una materia que España ha regulado en la Ley Orgánica 7/2014 que traspuso la Decisión Marco 675/2008 del Consejo Europeo.

La normativa española, que fue respaldada por el Tribunal Supremo, precisaba que no serían tenidas en cuenta "las condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010". En cualquier caso, etarras que han pedido acumular sus penas cuentan con condenas posteriores a esa fecha.

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