Ballena Blanca.- La Audiencia no ve necesario el soporte informático para subsanar la falta de documentación

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 23 marzo 2010 19:29

MÁLAGA 23 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga, encargado del juicio del caso 'Ballena Blanca', "no considera" que el soporte informático de la documentación reclamada por las defensas por no haber tenido acceso a ella "sea requisito" para subsanar "el defecto observado", al apuntar que "no es a día de hoy una exigencia legal", aunque sea "útil".

Según un auto dictado por la Sala, al que tuvo acceso Europa Press y en el que se recoge de forma oficial el acuerdo de suspensión de las sesiones de la vista oral hasta el 3 de mayo para que los abogados puedan acceder a documentos que no les fueron entregados en su momento por el juzgado instructor, "no cabe supeditar" lo acordado a la utilización de este medio.

No obstante, se mantiene la posibilidad de procurar que se lleve a cabo "respecto de los documentos acotados" tras el periodo de un mes --hasta el 23 de abril-- que tendrán los letrados para examinar dicha documentación. Fue el abogado del principal acusado, Fernando del Valle, quien solicitó ayer la digitalización de estos documentos, petición a la que se sumaron otras defensas.

El Tribunal acordó suspender hasta mayo las sesiones de la vista oral de este caso contra el blanqueo de capitales, para que los abogados tengan acceso a la documentación de la causa que no les fue entregada en su momento por el juzgado instructor, incluidos los documentos incautados en los registros, tras solicitarlo varias defensas.

Según los nuevos plazos previstos por la Audiencia, los letrados tendrán hasta el 23 de abril para examinar esa documentación, tras lo que se dará un trámite del 26 al 28 del mismo mes para complementar los escritos de defensa. El 3 de mayo se reanudarían las sesiones para completar las cuestiones previas. Así, se les facilitará un índice de las piezas de convicción que contienen documentación.

A la Sala no le consta actuación del juez instructor encaminada a dar traslado a las partes de todo el procedimiento y, según las defensas de los acusados, han tenido acceso a 240 tomos de la causa, pero no a los 32 restantes. Además, no existe encuadernación ni foliado en determinada parte, lo que lleva a la "imposibilidad" de ser utilizada en el juicio.

En este sentido, el presidente del Tribunal, Federico Morales, precisó ayer que se trata de "complementar" y "subsanar" por parte de la Sala este "defecto observado", de cara a posibles nulidades; aunque dijo que "si de los términos de los escritos se deduce que es necesario que la causa sea retomada por el juez instructor, así se hará".

En este sentido, en la resolución notificada a las partes se recuerda que según la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el Tribunal "debería declarar nulo lo actuado hasta el momento en que se cometió la falta con la consiguiente devolución de la causa al juzgado instructor", el número 5 de Marbella (Málaga).

No obstante, se señala, como ya dijo ayer el presidente en la Sala, que "frente a esa drástica solución", la Sala "considera más adecuado a la naturaleza del defecto y a la necesidad de evitar la dilación la restauración del trámite en la misma sede de este Tribunal", aunque se entienda que es algo "propio de la fase de instrucción".

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