MADRID, 12 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Comisión de Defensa del Senado aprobó hoy por unanimidad el proyecto de Ley de Control de Comercio Exterior de Material de Defensa y Doble Uso, que aumentará el control parlamentario y la información que el Gobierno está obligado a facilitar a las Cortes sobre las operaciones autorizadas, denegadas y materializadas en este sector.
El dictamen sobre el proyecto de Ley, que fue remitido a la Cámara Alta por el Congreso el pasado 22 de noviembre, consiguió el respaldo de todos los grupos parlamentarios en la Comisión de Defensa y las trece enmiendas presentadas por el Grupo Popular (dos) y la Entesa Catalana del Progrés (nueve enmiendas redactadas por ICV y ERC) fueron rechazadas.
Fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press señalaron que la nueva ley será ratificada el próximo miércoles, 19 de diciembre, por la tarde en el Pleno del Senado y que lo previsible es que tanto Entesa como PP opten por retirar sus enmiendas para no obstaculizar la aprobación de la norma.
Una vez aprobada por el plenario de la Cámara Alta, el texto entrará en vigor previsiblemente el jueves cuando sea publicado por el Boletín Oficial Estado (BOE), convirtiéndose así en la primera iniciativa con rango de ley ratificada por el Parlamento español para controlar las exportaciones de armamento. Durante su tramitación parlamentaria, todos los grupos coincidieron en la importancia de adoptar una ley para regular las exportaciones de material de defensa y tecnología de doble uso y obligar al Gobierno a informar periódicamente a las Cortes sobre estas operaciones.
Aprobada por el Gobierno el 29 de diciembre de 2006, quince días después de finalizar el plazo que el Pleno del Congreso le otorgó para que elaborara una norma de control de comercio de armas, la nueva norma actualiza la regulación de las transferencias del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso de acuerdo con los compromisos contraídos por España en los foros internacionales de control y no proliferación.
La ley obliga al Ejecutivo a enviar "semestralmente" al Congreso información por escrito sobre las exportaciones realizadas, incluyendo el país de destino y la categoría "descriptiva" de los productos. Estipula además que el Ejecutivo comparecerá una vez al año por medio del secretario de Estado de Turismo y Comercio y encomienda a la Comisión de Defensa que elabore un informe basándose en los datos facilitados por el Gobierno y con recomendaciones de cara a futuras exportaciones.
El texto obliga a las empresas que solicitan autorización para exportar armas a incluir cláusulas para que dicho material no sea reexportado por el país destinatario, así como información sobre los países de tránsito del material y los métodos de transporte.
Establece además la ampliación de los controles a todo tipo de armas de fuego y recoge los ocho criterios del Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas aprobado, así como los contemplados por la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) para estas operaciones. La nueva ley sustituirá al Real Decreto sobre transferencia de material de Defensa aprobado por el Gobierno el 30 de julio de 2004.