Condenado a un año de prisión el ex alcalde de Salteras (Sevilla) por violencia habitual contra su mujer

Actualizado: jueves, 6 abril 2006 19:47

La Sección Cuarta de la Audiencia absolvió a González-Eiris del delito de agresión sexual del que también se le acusaba

SEVILLA, 6 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado una sentencia por la que condena a un año de prisión al que fuera alcalde de Salteras (Sevilla), Carlos González-Eiris, por un delito de violencia habitual contra su esposa, R.C.M. --de la que está separado--, así como a una indemnización de 3.000 euros en favor de la mujer por el daño psicológico causado. Además, se le impuso la prohibición de acercarse a la misma a menos de 500 metros. El Tribunal resolvió absolver al encausado del delito de agresión sexual del que se le acusaba.

Así lo informó a Europa Press la abogada de la acusación particular, quien dijo que, cuando reciba oficialmente la sentencia y la estudie con su cliente, decidirán si presentan recurso contra la misma o no, si bien aventuró que "posiblemente no la recurramos porque mi defendida no tenía el objetivo de meterlo en prisión. Sólo quiere que quede clara la situación de abuso y violencia en que vivía de manera constante, algo que, en principio, creemos que ha quedado claro en la sentencia".

Cabe recordar que, al término de la vista oral celebrada por la causa, el ministerio fiscal presentó una calificación alternativa por la que suprimía la acusación de un delito continuado de agresión sexual contra el ex primer edil del municipio. Al término de la toma de declaración de los últimos testigos y peritos citados para el caso, el fiscal dijo al Tribunal que aportaba dos posibles vías, o elevar a definitivo su escrito de acusación provisional --en el que pedía once años y medio de prisión para González-Eiris por un delito de maltrato habitual y otro de agresión sexual--, o presentar una fórmula alternativa por la que suprimiría este último delito y con ello la petición de diez años de prisión por el mismo. En cuanto a la indemnización solicitada por la acusación pública, pasó de 6.000 euros a 3.000.

Por su parte, la acusación particular mantuvo su petición de 18 años de cárcel para González-Eiris por supuestos delitos de violencia habitual, amenazas, agresión sexual y lesiones psicológicas. La defensa, por su parte, pidió la libre absolución.

Para la acusación particular, era complicado poder demostrar que hubo agresión sexual "sin medios" y recalcó que no acudieron a la vista oral "dos peritos fundamentales". Además, dijo que la demora de la celebración del juicio "durante cinco años ha perjudicado a mi defendida. La Administración de Justicia no ha actuado con la celeridad debida en perjuicio, en este caso, de la víctima".

Así las cosas, la letrada añadió que "si en el texto de la sentencia se recoge la conducta peculiar que existió --según la parte-- en el entorno de las relaciones sexuales de la pareja, sería suficiente para mi defendida".

Contra el ex alcalde del municipio hispalense hay todavía pendiente otro caso ante el Juzgado de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) por presunta detención ilegal de la que fue su mujer.