SEVILLA 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado una sentencia de un juzgado de Primera Instancia que condenaba a un taller mecánico al pago de 6.146,72 euros a una clienta después de que se incendiara su vehículo tras una reparación efectuada en las instalaciones de la empresa demandada.
La sentencia de la Sección Octava, a la que tuvo acceso Europa Press, confirma que el vehículo de la demandante "salió ardiendo tras una reparación del embrague" realizada en el citado taller, "habiéndose informado en una prueba pericial de que el origen del fuego está en la zona del embrague, sin que se haya determinado que la causa fuera debida a una reparación anterior".
Para los magistrados, la objetividad de la responsabilidad fijada por la doctrina legal y la aplicación de la garantía de la normativa especial se aplican en la sentencia inicial y, por tanto, la empresa demandada "tiene que pagar la cantidad correspondiente al importe de la reparación más el valor de venta del coche al tiempo de ocurrir los hechos".
La parte condenada expuso en su recurso que el vehículo sufrió una manipulación en un taller no oficial, si bien la Audiencia Provincial entiende que la existencia de reparaciones anteriores "no obsta a que se pueda probar la responsabilidad del taller y para eso está la prueba pericial que, por un lado, indica el origen del incendio en la zona manipulada por la reparación de la empresa demandada y, por otro lado, excluye que esa reparación anterior actuara sobre la zona".
"Aunque el informe del perito no le parezca lo suficientemente tajante a la parte --ahora condenada--, sí contiene los datos o elementos precisos para establecer un juicio de verosimilitud de la imputación que claramente asigna a la recurrente", reza la resolución judicial.
Por todo ello, los magistrados han desestimado el recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia número 1 de Sevilla, que ha sido confirmada "íntegramente".