Condenados el 'Resti' y otros tres familiares a penas que suman 19,5 años por tráfico de drogas

Actualizado: jueves, 18 octubre 2007 14:24

La Sala entiende que la actitud de los acusados merece "mayor reproche penal" por usar a niños en su actividad delictiva

VALLADOLID, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid impuso un conjunto de penas que suman 19,5 años de cárcel a la familia de etnia gitana compuesta por Restituto R.G, alias 'Resti'; su esposa, María Antonia G.D. ('Estrella'); la hija de ambos, Débora, y marido de ésta, Ramón D.J, como autores de un delito de tráfico de drogas, junto con el pago de multas que suman 3.732 euros.

En concreto, la pena más elevada, en concepto de "cabecilla" o máximo organizador, es para 'Resti', al que la Sala impuso una condena de seis años de cárcel, motivada también por que es la persona implicada en mayor número de transacciones, mientras que a los otros tres acusados les impuso penas de cuatro años y medio, junto con multas en todos los casos de 933 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El motivo de que las penas no sean las mínimas para este tipo de delitos (tres años) obedece a que la Audiencia provincial entiende que la conducta de los cuatro acusados merece un "mayor reproche penal" por el hecho de que, aunque de forma esporádica, utilizaran a niñas para su actividad delictiva, en este caso tres hijas de 'Resti', Libertad, Irene y Antonia, con edades comprendidas entre los 11 y los 13 años.

La condena atiende en parte la petición de la Fiscalía de Valladolid, que, por el uso de menores, había apelado al "rigor" de la Audiencia de Valladolid con el fin de lograr una condena ejemplar en el caso de los cuatro acusados, para quienes había pedido penas en todos los casos de seis años de prisión por dedicarse a la venta de cocaína, heroína y anfetaminas desde 2005 en un piso situado en la calle Guadalquivir.

Las defensas de los condenados, tras conocer la resolución judicial, anunciaron a Europa Press su propósito de presentar los oportunos recursos de casación ante el Tribuna Supremo.

La sentencia entiende que las pruebas practicadas no dejan duda alguna sobre la culpabilidad de los cuatro condenados, quienes fueron detenidos a raíz de sendos registros practicados el 29 de junio de 2006 en dos pisos de la calle Guadalquivir y Castellón, ocupados el primero por Ramón D.J. y Débora y el segundo por los padres de ésta, 'Resti' y 'Estrella', en los que la policía se incautó de una papelina de heroína con un peso de 0,21 gramos, así como de recortes circulares de plástico, joyas y prendas de vestir robadas aún con los sistemas de alarma puestos.

Pese a que 'Resti' alegó en el juicio que la droga era suya, dada su condición de politoxicómano, la Sala entiende que la sustancia estaba preordenada al tráfico. La fiscal recordó en el juicio que la heroína fue hallada en un envoltorio de gran tamaño, lo que, según dijo, hacía presumir que el plástico contenía mucha más cantidad y servía para que los acusados apartaran aquellas dosis que luego repartían entre los yonkis.

EL 'RESTI', IMPLICADO EN 25 ACTAS.

La localización de las citadas prendas de vestir robadas, así como numerosas joyas con la inscripción de nombres ajenos a los acusados fueron también esgrimidas por la Sala como pruebas de que tales efectos procedían de los pagos que los toxicómanos efectuaban a cambio de la mercancía, aunque la evidencia clave de su culpabilidad radica en las vigilancias efectuadas por la policía en las inmediaciones de la calle Guadalquivir, donde los acusados fueron vistos realizando transacciones.

Así, 'Resti' aparece vinculado en veinticinco actas de intervención de droga realizadas a otros tantos toxicómanos, mientras que su hija Débora le sigue a distancia con siete actas y su esposa 'Estrella' con dos. Aunque Ramón D.J. aparece relacionado con acta alguna, la sentencia considera probado que su cometido principal era el de realizar labores de contravigilancia al volante de un turismo Seat Córdoba con el que patrulla el barrio, si bien alguno de los policías aseguró haberle visto también repartiendo droga.

Las defensas, por su parte, habían solicitado la libre absolución de los cuatro procesados por falta de pruebas y en aplicación del principio de presunción de inocencia. Además, los defensores recordaron que las distintas papelinas de coca, heroína y anfetamina incautadas a los toxicómanos fueron remitidas al Área de Sanidad de la Delegación del Gobierno de Castilla y León, sin que pudiera determinarse el grado de pureza debido a lo insignificante de las cantidades, que en todos los casos no supera el gramo de sustancia.

Por ello, los defensores, uno de los cuales pidió la atenuación de la pena a imponer 'Resti' en caso de sentencia condenatoria debido a su condición de toxicómano, entendía que no era posible condenar a sus patrocinados porque no se había concretado si las sustancias intervenidas son de las que causan o no grave daño a la salud, algo que está en función de la mayor o menor pureza de las mismas.