Condenan a 15 años de cárcel a un marroquí por violar varias veces a una joven que hacía footing

Actualizado: jueves, 9 marzo 2006 16:58

MALAGA, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a 15 años de cárcel a un hombre, de 31 años y nacido en Marruecos, por violar varias veces una misma noche a una joven extranjera, que pasaba unos días en casa de un familiar en Estepona (Málaga), a la que asaltó en julio de 2003 cuando ella se encontraba haciendo footing en las inmediaciones de una urbanización de dicha localidad.

La Sección Tercera considera probado, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, que la mujer, que vino desde Dinamarca para declarar en el juicio, fue abordada por el procesado, con iniciales R.A., con la excusa de preguntarle una dirección, aunque ella supo rápidamente que se trataba de un pretexto, por lo que no atendió a las indicaciones que le hacía él, quien se bajó del coche y le dijo que le acompañara.

Como ella no aceptó, la tiró al suelo y le arrancó la camiseta, tapándole la boca mientras le decía que "le hiciera feliz, que a ella también le iba a gustar y que la iba a matar", según la sentencia, que condena a este hombre a la pena en su máxima extensión dentro del delito de agresiones sexuales, por "la perversidad del comportamiento del acusado y la extrema gravedad de los agravios cometidos".

Consiguió meterla en el coche a la fuerza, amenazándola, ante los intentos de ella por escapar, con utilizar un cuchillo para matarla. Luego, condujo hasta la playa del río Padrón, donde intentó violarla, anal, vaginal y bucalmente; llevándola posteriormente a la playa, donde la volvió a agredir sexualmente. Tras esto, le dejó que se vistiera y la llevó a su domicilio.

El acusado, que fue detenido el mismo día gracias a los datos que proporcionó la víctima de la matrícula, la marca y el color del coche, negó cualquier participación en los hechos en su primera declaración durante la instrucción, aunque posteriormente, ante la evidencia que suponen los restos de esperma, cambió su versión y "no tuvo el menor reparo en vilipendiar aún más a su víctima, presentándola como una viciosa que había accedido gustosamente a sus pretensiones".

Por contra, la declaración de ella, que aunque se desplazó hasta Málaga sólo fue capaz de ratificar la denuncia ya realizada anteriormente, debido al llanto, es para la Sala "verosímil" y está corroborada por los testimonios de los facultativos y los policías que le tomaron la denuncia. Además, la joven ha persistido en su incriminación, "exponiendo los hechos sin ambigüedades ni contradicciones".

Así, el Tribunal califica de "estremecedor" el testimonio, hasta el punto de que entiende que la declaración "ha debido conmover hasta la defensa", ya que en las conclusiones definitivas "admitió por primera vez la existencia de dos agresiones", lo que no compartió el acusado, quien en el uso de la última palabra, según la sentencia, "continuó con la misma estrategia, con airados reproches a la víctima, poniendo nuevamente su total carencia de sentimientos".

Así, se estima la continuidad delictiva en este caso y se aprecia, en uno de los momentos de los hechos, la concurrencia del punto 1 del artículo 180 del Código Penal, que habla de cuando la violencia o intimidación ejercida revistan un carácter degradante o vejatorio, considerando que lo que hizo el acusado representa, en ese instante, "un cualificado menosprecio a la dignidad de la víctima, a la que somete a una humillación, degradación o vejación no necesaria para la ejecución del tipo delictivo".

Además del delito de agresión sexual, se le condena por las lesiones a una multa de dos meses, y, en el ámbito de la responsabilidad civil, al pago de una indemnización de 50.000 euros por los daños morales a la víctima, a quien se le informa de la posibilidad de solicitar ayudas conforme a la Ley de Ayuda y Asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.