MALAGA 17 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a tres años de cárcel a un hombre por incendiar la puerta de la casa de su ex mujer, donde tenía prohibido acercarse al tener dictada una orden de alejamiento por un juzgado de la capital. Además, se le prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima en un plazo de 10 años a menos de 100 metros y se le impone una multa de 2.160 euros.
Los hechos sucedieron el 4 de mayo de 2005, cuando el acusado, con iniciales A.B.A., "siendo conocedor" de la medida cautelar de prohibición de acercarse o comunicar con su ex pareja, se acercó al nuevo domicilio de ésta, cuando, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, no estaba ella ni los niños y apiló en la puerta diverso material, al que prendió fuego.
El incendio se apagó solo, "sin peligro para la vida de persona alguna", aunque causó daños tasados en 388 euros en el exterior de la vivienda. La Sala estima que concurre la circunstancia atenuante de embriaguez no habitual, debido a la ingesta de alcohol y tranquilizantes que el hombre había tomado antes de los hechos y que limitaron sus facultades.
El acusado ha reconocido estos hechos que se declaran probado, al tiempo que su defensa se adhirió a la calificación realizada por el fiscal en el juicio oral. No obstante, en las conclusiones provisionales del representante del Ministerio Público, se pidió ocho años de prisión, al considerar, en su escrito, que cuando prendió fuego a la puerta "dormía ella en la casa, así como sus hijos".
Así, inicialmente se le imputaba un delito de incendio "con grave peligro para las personas", por lo que solicitaba ocho años de cárcel, aunque la condena de la Sección Primera es por un delito de incendio "sin peligro".