Condenan en Málaga a un médico a 2 años de prisión y 3 de inhabilitación por abusar de una paciente de 14 años

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 27 abril 2006 20:42

MÁLAGA 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a dos años y un día de prisión y a tres años de inhabilitación especial para su profesión a un médico sustituto por abusar sexualmente de una paciente, que entonces tenía 14 años de edad, a la que tendrá que indemnizar con 6.000 euros. No obstante, la Sala le absuelve de otro delito de abuso y de una falta de vejaciones contra otras dos pacientes.

Los hechos sucedieron, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, en mayo de 200, cuando el facultativo realizaba la sustitución en un centro de salud de la capital malagueña y recibió como paciente a una joven que presentaba problemas de afonía. El médico le dijo que era a consecuencia de los nervios y se puso detrás de ella para tocarle desde la espalda hasta la cadera.

Así, le recomendó que fuera a su casa y que volviera con aceite corporal para darle un masaje. Cuando volvió, ya sin la compañía de la madre sino de un joven que se quedó fuera, el médico, con antecedentes por el mismo delito, le pidió que se tumbara en la camilla y que se quedara en ropa interior, que posteriormente quitó para abusar de ella.

Para el Tribunal, el procesado hizo "tocamientos libidinosos" atentando contra la libertad sexual de la paciente que "se vio forzada a soportar tales tocamientos", ya que éste se prevalió de su condición de facultativo. Así, se considera que rompió el principio de confianza en que se basa la relación médico-paciente y se le condena por un delito de abusos sexuales por prevalimiento.

No obstante, no se estima una doble apreciación de prevalimiento, ya que, aunque la víctima era menor de edad, el hecho "no tuvo influencia decisiva ni entidad propia para atribuirle la condición de víctima especialmente vulnerable", ya que, según declaró ella misma, "había tenido relaciones sexuales anteriores" y continuó teniendo relaciones sentimentales con normalidad tras los hechos.

La Sala entiende que el testimonio de la perjudicada fue "tajante y convincente" y que narró de forma "coherente y sin fisuras, ni contradicciones palmarias, pese al tiempo transcurrido y la tensión que tuvo que sufrir en la consulta" los tocamientos que el médico le realizó. Además, no cabe hablar de ningún otro móvil para la denuncia porque no conocía previamente al acusado.

Respecto al otro delito de abusos y a la falta de vejaciones, de los que fue absuelto a pesar de las dudas del Tribunal, se indica que, en el primero de los casos, la declaración en el juicio de la presunta víctima fue "ambigua y dubitativa". En el otro caso, lo que se apreció fue únicamente un "acercamiento excesivo" por la espalda.

Asimismo, se recuerda que el procesado tiene antecedentes penales por este mismo delito, lo que, aunque no tiene relevancia probatoria, sí sirve de indicio sobre la conducta del procesado; y se determina que al menos resulta "significativo" que tres personas, mujeres las tres, que no se conocen, presenten denuncias contra el mismo médico por hechos similares en un periodo de tiempo no dilatado y en distintos centros de salud, realizados con el mismo modus operandi.

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