Condenan en Málaga a siete personas a un total de 29 años de prisión por traficar con cocaína

Actualizado: miércoles, 15 febrero 2006 19:16

MÁLAGA, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a siete personas a un total de 29 años y tres meses de prisión por traficar con droga, en concreto cocaína. Además, se les condena a una multa global de 124.770 euros, aunque cada uno tendrá que abonar la parte que le corresponde según la cantidad de sustancia incautada en los registros y su participación.

Las investigaciones las inició el Equipo de Delincuencia Organizada y Antidrogas de la Guardia Civil de Málaga, a raíz de una denuncia anónima sobre uno de los acusados, Pedro M.C.F.A., que a veces trabajaba en un local nocturno y adoptaba numerosas medidas de seguridad en sus desplazamientos, por lo que efectuó seguimientos para comprobar la información.

Tras acordarse la intervención telefónica, se comprobó, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, que la denuncia era real, ya que, el 4 de octubre de 2002, el acusado recibió un encargo por teléfono, al que le seguirían otros. Así, ese mismo día, éste llamó a otro de los procesados, Fernando P.R., alias 'Gadafi', cuya conversación hizo entender a los investigadores que era "la persona que facilitaba a Pedro la droga".

Posteriormente, Fernando P.R. mantuvo otra conversación con otro de los acusados, Francisco R.M., por la que los agentes supieron que éste era el que suministraba la cocaína al anterior. Asimismo, también a través de las escuchas se conoció la participación de dos mujeres, Dolores G.N. y Carmen M.B., que realizaban las labores de custodia de la cocaína y el cobro de los gramos facilitados a intermediarios.

Además, se localizó a otro imputado, llamado en todo momento Paco, identificado como Francisco J.C., quien inicialmente eludió la acción policial pero días más tarde fue detenido; y de Miguel R.V., que se dedicaba también a facilitar la cocaína a los que la encargaban. En los registros domiciliarios se intervinieron distintas cantidades de droga, que oscilaron entre los 3,96 gramos distribuidos en ocho papelinas hasta los 1.311 gramos, valorados en 60.000 euros.

La Sala entiende, en el caso de cinco de los acusados, que concurre la circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal analógica de haber actuado impulsado por su adicción a las drogas, por lo que les impone una pena de tres años de prisión; mientras que en el caso de Francisco J.C., la condena es de nueve años y tres meses de cárcel y multa de 60.000 euros.

En lo que corresponde a Francisco R.M., también se aprecia la atenuante de adicción y la analógica de encontrarse en la recta final de su tratamiento de rehabilitación, por lo que se le condena a una multa de 60.000 euros y a cinco años de cárcel, aunque la Sala accede a la suspensión del fallo, en virtud del artículo 66 del Código Penal, según se explica en la sentencia de la Sección Tercera.

El Tribunal ha elaborado su relato según las declaraciones de los guardias civiles encargados de la investigación, al considerarlas como manifestaciones de testigos; aunque también le otorga valor probatorio a las intervenciones telefónicas, en las que, según se precisa, existen "las exigencias de estricta legalidad ordinaria" para darle ese valor. No obstante, la sentencia especifica la "inexistencia de pruebas incriminatorias autónomas", al margen de las escuchas.