El Congreso debate hoy si España debe juzgar a los franquistas que reclama Argentina

Rodolfo Martín Villa
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 20 octubre 2015 5:25

El Gobierno sostiene que sólo tiene competencia para opinar sobre la extradición y que la investigación penal corresponde a los jueces

MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Comisión de Justicia del Congreso debatirá este martes, a instancias de la Izquierda Plural y de la mayoría de partidos de Grupo Mixto, una iniciativa con la que se pretende instar al Gobierno a revocar su negativa a extraditar a Argentina a cargos del régimen franquista investigados por la comisión de crímenes contra la humanidad o bien a impulsar que sean juzgados en España.

El texto que se someterá a votación y que recoge Europa Press, ha sido registrado con las firmas de IU-ICV-CHA y por Amaiur, Esquerra Republicana (ERC), el Bloque Nacionalista Galego (BNG), Compromís y Geroa Bai.

La jueza argentina María Servini, que investiga delitos de genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos por el franquismo, solicitó a España en noviembre de 2014 la extradición de una veintena de acusados (tres de los cuales ya han fallecido) para poder tomarles declaración en su país. En esa lista figuraban varios exministros de Franco como Rodolfo Martín Villa y José Utrera Molina.

EXTRADITAR O JUZGAR

El Gobierno denegó la petición de extradición en marzo de este año, pero, según los impulsores de la proposición no de ley que se debate este martes en el Congreso, en virtud de la norma convencional y consuetudinaria de Derecho Internacional 'aut dedere aut judicare' (extraditar o juzgar), "un Estado no puede ni debe proteger a personas sospechosas o acusadas de haber cometido delitos internacionales".

Por eso sostienen que si el Gobierno mantiene su negativa a extraditar estas personas a Argentina debe "ejercer su jurisdicción" y, para ello, le instan a remitir a la Fiscalía y los juzgados competentes el auto dictado por Servini para que sea estudiado y se cite a declarar a "los perjudicados por los delitos" con el fin de que éstos "puedan impulsar los correspondientes procesos penales, efectuándoles a tal efecto ofrecimiento de acciones".

Las formaciones que reclama que se juzgue a estos cargos franquistas ya sea aquí o en Argentina aluden también a una resolución de Naciones Unidas de 1973 que establece que "los crímenes de guerra y de lesa humanidad, dondequiera y cualquiera sea la fecha en que se hayan cometido, serán objeto de una investigación, y las personas contra las que existan pruebas de culpabilidad en la comisión de tales crímenes serán buscadas, detenidas, enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, serán castigadas".

ARGUMENTOS DE NACIONES UNIDAS

Ese texto subraya, asimismo, que "las personas contra las que existan pruebas de culpabilidad en la comisión de crímenes de
guerra o crímenes de lesa humanidad serán enjuiciados y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas, por lo general en los países donde se hayan cometido estos crímenes".

Y, en favor de sus tesis, los partidos proponentes citan también al Comité contra la Tortura, cuando afirma que el Estado Parte en el territorio de cuya jurisdicción sea hallada la persona de la cual se supone que ha cometido delitos, si no procede a su extradición, "someterá el caso a sus autoridades competentes a efectos de enjuiciamiento".

También el Relator especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en su informe, de
fecha 22 de julio de 2014, ha recordado "la obligación internacional
de extraditar o juzgar" y señalado que "únicamente podrían denegarse las extradiciones interesadas si la Justicia española iniciaba las investigaciones oportunas y juzgaba a los responsables".

En una reciente respuesta parlamentaria al diputado de Amaiur Jon Iñarritu, el Gobierno defiende que la investigación penal corresponde en "exclusiva" a los tribunales y que el Ejecutivo "se ha limitado a ejercer su competencia pronunciándose sobre si procede o no la entrega en extradición de los reclamados".

"En ejercicio de esa competencia que por ley le corresponde en exclusiva, y con plena aplicación del Tratado Internacional y por ende del principio de legalidad, ha resuelto que no procede la entrega por resultar aplicables diversas causas de denegación previstas en la normativa nacional e internacional", argumenta el Ejecutivo.

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