Consejo.- El Gobierno autoriza a Mediaset la transmisión de la licencia de Sogecuatro

Actualizado: viernes, 29 julio 2011 15:36

MADRID, 29 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha autorizado a Mediaset la transmisión de la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de la que es titular Sogecuatro, que deberá formalizarse por los interesados en escritura pública en el plazo máximo de un mes desde la notificación del acuerdo. Una vez formalizada, deberá ser comunicada a la Autoridad Audiovisual competente.

La transmisión de la licencia supone la subrogación de Mediaset España Comunicación, S.A. en todos los derechos y obligaciones de Sociedad General de Televisión Cuatro, S.A.U dimanantes de dicha licencia.

La autorización se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación sobre defensa de la competencia y de la aplicación de las normas sobre participaciones significativas contenidas en la Ley del Mercado de Valores.

El 28 de diciembre de 2010 Telecinco adquirió el 100 por 100 de las acciones representativas del capital social de Sogecuatro, de las que se convirtió en único titular. Como consecuencia de esta integración, Telecinco --que ha cambiado su denominación social por la de Mediaset España Comunicación, S.A.-- presentó el 18 de julio de 2011 en el Registro del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, un escrito solicitando autorización para adquirir la licencia para la prestación de servicios de comunicación audiovisual televisiva de la que es titular Sogecuatro (licencia de ámbito nacional que le habilita para la explotación de un múltiple digital de cobertura estatal integrado por cuatro canales digitales de televisión).

En su solicitud, Mediaset pone de manifiesto que, en la medida en que ya es titular del 100 por 100 de las acciones representativas del capital social de Sogecuatro, "indirectamente es ya titular de la licencia de comunicación audiovisual de la que ésta es titular, que será adquirida de forma directa, junto con todo el patrimonio de Sogecuatro, a título de sucesión universal, por lo que se subrogará en el conjunto de derechos y obligaciones de esta sociedad".

Según el artículo 29 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, la celebración de negocios jurídicos cuyo objeto sea una licencia de comunicación audiovisual requerirá de autorización previa de la autoridad audiovisual competente que, en este caso, al tratarse de una licencia de ámbito estatal, es el Consejo de Ministros.