La defensa del alcalde de Torre Pacheco (Murcia) presenta un escrito de recusación del juez que decretó su prisión

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 23 abril 2008 20:11

MURCIA 23 Abr. (EUROPA PRESS) -

El juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de San Javier ha dado traslado a las partes del incidente de recusación del juez Salvador Calero presentado ayer por la defensa del alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) en un comunicado de prensa.

Estas fuentes explicaron que las causas legales de recusación de un juez están tasadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 219) y la recusación "deberá expresar concreta y claramente la causa legal y los motivos en que se funde, acompañado de un principio de prueba sobre los mismos".

Ahora, las demás partes del proceso tienen un plazo de tres días para manifestar "si se adhieren o se oponen a la causa de recusación propuesta". Finalizado ese plazo, el juez recusado tendrá de pronunciarse sobre si admite o no la causa o causas de recusación formuladas.

Si el recusado acepta como cierta la causa de recusación, termina ahí el incidente. En el caso de que no se acepte será un magistrado de la Audiencia Provincial el que instruya la recusación y será la Sección de la Audiencia Provincial la que decida el incidente.

Mientras se tramita el incidente, el juez de instrucción que legalmente sustituya al recusado continuará con la tramitación de la causa (artículo 225.4 LOPJ). Con lo que en este caso, será la juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de San Javier la que se encargue de las actuaciones.

Una vez que haya decisión, si se desestima la recusación se devolverá al juez recusado el conocimiento de la causa y se condenará en costas al recusante, "salvo que concurrieren circunstancias excepcionales que justifiquen otro pronunciamiento". La ley también prevé que "cuando la resolución que decida el incidente declare expresamente la existencia de mala fe en el recusante, se podrá imponer a éste una multa de 180 a 6.000 euros".

En caso contrario, si se estima la recusación se apartará definitivamente al recusado del conocimiento de la causa y continuará conociendo de él, hasta su terminación, aquel a quien corresponda sustituirle.

Calero sustituye a la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de San Javier, Arantzazu Moreno, por encontrarse de baja.

Tras declaran ante el juez, Calero ordenó prisión provisional sin posibilidad de eludirla bajo fianza el pasado 3 de abril para el alcalde, cuya defensa presentó un recurso de apelación que se estudiará el próximo lunes. Asimismo, ayer presentó un escrito de recusación de Calero.

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