Las denuncias por acoso en el Ejército podrán frenar ascensos

La militar Zaida Cantera
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 9 junio 2015 15:41

La reforma de la Ley de la Carrera Militar introduce por primera vez medidas para evitar casos como el de Zaida Cantera

MADRID, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los órganos de evaluación de los Ejércitos deberán informar a la autoridad responsable de los ascensos la situación procesal de los militares evaluados, lo que incluye también los casos de acoso, abuso o agresión sexual aunque las personas denunciadas aún no hayan sido condenadas.

Además, se establecerán las medidas necesarias para que la suspensión de funciones en este tipo de casos se lleve a cabo de forma urgente, al tiempo que la víctima de acoso, abuso o agresión sexuales tendrá derecho a solicitar una comisión de servicio en distinta unidad o localidad en la que ocurrieron los hechos, una vez acordada la incoación del procedimiento disciplinario por falta muy grave o admitida a trámite la denuncia por este tipo de delito.

Estas son las principales novedades que se han incorporado a la Ley de la Carrera Militar, cuya reforma se ha debatido este martes en la Comisión de Defensa del Congreso. Las nuevas medidas para hacer frente y prevenir el acoso sexual en las Fuerzas Armadas, presentadas por el PSOE, han sido aprobadas por unanimidad de todos los grupos parlamentarios.

DEFENSA REDACTA UN PROTOCOLO

Los socialistas también habían presentado una enmienda en la que establecían la necesidad de la redacción de un protocolo contra el acoso sexual, si bien finalmente ha sido retirada debido a que, según el portavoz de este grupo, Germán Rodríguez, el Ministerio de Defensa ya tiene redactado un borrador que se conocerá próximamente.

Todas estas nuevas medidas han salido adelante como consecuencia de la repercusión que ha tenido el caso de la comandante Zaida Cantera, quien denunció por acoso sexual a un teniente coronel. Después de serle comunicado su procesamiento, este militar ascendió a coronel y una vez cumplida su sentencia volverá a su puesto.

Las enmiendas incluidas en la Ley de la Carrera Militar y recogidas por Europa Press forman parte de un conjunto de medidas que se están adoptando en el marco de las Fuerzas Armadas para hacer frente y prevenir el acoso sexual desde que salió a la luz el caso de Zaida Cantera, a quien recientemente se le concedió la baja definitiva del Ejército.

CÓDIGO PENAL Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Así, el nuevo Código Penal Militar, que actualmente se encuentra también en tramitación parlamentaria, incluye el acoso sexual como delito, mientras que el régimen disciplinario que entró en vigor el pasado mes de marzo lo contempla como falta muy grave. Además, el Ministerio de Defensa presentará próximamente el citado protocolo.

Con el debate de este martes en la Comisión de Defensa concluye la negociación en el Congreso de la reforma del régimen transitorio de la Ley de la Carrera Militar, dos años después de que se constituyera la ponencia para abordar los cambios necesarios en una norma que desde su aprobación en 2007 ha provocado miles de denuncias por parte sobre todo de suboficiales que se han sentido agraviados por el sistema de ascensos.

El texto ha incorporado numerosas enmiendas transaccionadas entre los grupos Popular y Socialista, por lo que éstos se han felicitado por el trabajo realizado en la ponencia y consideran que en la nueva ley se han incluido "importantes mejoras" que vienen a paliar los posibles defectos de la norma original.

Sin embargo, para CiU, la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) y UPyD, la reforma ha sido una "oportunidad perdida" para mejorar la ley y ofrecer a los militares una solución a los problemas a los que han tenido que hacer frente en su carrera desde 2007.

ASCENSOS HONORÍFICOS

Según queda establecido en la ley, con esta reforma "se define la vinculación efectiva del personal militar que pase a retirado en especiales circunstancias mediante su adscripción voluntaria a las Fuerzas Armadas, permitiéndole alcanzar sucesivos ascensos honoríficos".

También "se regula la concesión de empleo a suboficiales retirados que no pudieron acogerse a la disposición adicional décima de la Ley de la Carrera Militar; se modifican las condiciones para el ascenso al pasar a la situación de reserva; se amplía en dos años el plazo para cumplir el requisito de contar con más de 33 años desde el ingreso en las Fuerzas Armadas para el pase voluntario a la reserva al cumplir los 58 años para determinados cuerpos y escalas; se facilita el acceso a la condición de permanente del militar de complemento y se establece la concesión de un empleo honorífico a personal que pasó directamente a la situación de retirado si pasar por la de reserva".

Entre las enmiendas aprobadas por la Comisión de Defensa se establece que el Gobierno "dotará las plazas necesarias para facilitar la permanencia de los militare de complemento", mientras que se deberá especificar la "duración y destino" del compromiso inicial que adquieren los militares de tropa y marinería así como "otras circunstancias relacionadas con la trayectoria profesional del soldado y marinero, que formarán parte de la información general facilitada a los mismos antes de iniciarse como alumnos del centro militar de formación".

En cuanto a los ascensos en reserva, los tenientes coroneles, comandantes y capitanes que pasen a esta situación, pertenezcan a una escala en la que exista el empleo de coronel, no tengan limitación legal para ascender y cumplan antes del 30 de junio de 2019 diez años en su empleo podrán obtener el empleo de coronel, teniente coronel o comandante, respectivamente.

FACILITAR PROCESOS DE PROMOCIÓN

Por otro lado, la nueva ley establece que el Ministerio de Defensa "impulsará y facilitará los procesos de promoción que permitan el cambio de escala y, en su caso, de cuerpo de los militares profesionales que reúnan los requisitos exigidos".

"En esos procesos se valorarán los méritos, incluido el tiempo de servicios, se reservarán plazas de ingreso y se darán facilidades para la obtención de titulaciones del sistema educativo general. Asimismo, se efectuará una valoración efectiva de la experiencia profesional y de la formación", añade.

En cuanto a los suboficiales, todos aquellos que "hubieran obtenido el empleo de sargento a partir del 1 de enero de 1977 y con anterioridad al 20 de mayo de 1999, y que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente, podrán obtener el empleo de teniente de las escalas de oficiales" de la Ley de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas.

A los suboficiales que hubieran ascendido o asciendan al empleo de teniente con más de 58 años se les concederá tal empleo con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha en que cumplieron dicha edad. Además, a los suboficiales mayores que hubieran pasado a la situación de reserva por seis años de permanencia en el empleo hasta el 1 de agosto de 2013 se les concederá el empleo de teniente con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos desde la fecha en que cumplieron 56 años.

Por otro lado, los órganos de selección no podrán proponer el ingreso en los centros docentes militares de formación de un número superior al de plazas convocadas.

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